05/06/03    

27/05/03 – SE MODIFICA DECRETO 191/003 DE 16/05/2003 QUE ADECUA REMUNERACIONES DE FUNCIONARIOS PÚBLICOS

VISTO: lo dispuesto por Decreto N° 191/003, de 16 de mayo de 2003.-

RESULTANDO: que por la norma referida se adecuaron las remuneraciones de los funcionarios públicos, estableciéndose un aumento equivalente al 2 % (dos por ciento) de la masa salarial.-

CONSIDERANDO: que se estima oportuno y conveniente precisar aspectos relativos a la

liquidación del incremento salarial, a efectos de su correcta aplicación.-

ATENTO: a lo expuesto;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA;

Actuando en Consejo de Ministros

DECRETA :

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el artículo 3° del Decreto N° 191/003, de 16 de mayo de 2003, por el siguiente:

“ARTÍCULO 3°.- Para los funcionarios de la Administración Central y de la Administración Nacional de Educación pública, el aumento salarial operará de la siguiente forma: el aumento se calculará aplicando un incremento del 6 % (seis por ciento) sobre el sueldo básico, extensión horaria y compensación máxima al grado, con excepción de los funcionarios de los Escalafones K (Militar) y L (policial) , que se calcularán exclusivamente sobre el sueldo básico.-

El incremento dispuesto se aplicará conforme lo establecido por los artículos 2° y 4° del Decreto N° 203/992, de 12 de mayo de 1992.-“

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, etc.