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       05/06/03    
      
       
      27/05/03
      – SE MODIFICA DECRETO 191/003 DE 16/05/2003 QUE ADECUA REMUNERACIONES DE
      FUNCIONARIOS PÚBLICOS
      
       
      VISTO:
      lo dispuesto por
      Decreto N° 191/003, de 16 de mayo de 2003.- 
      
       
      RESULTANDO:
      que por la norma
      referida se adecuaron las remuneraciones de los funcionarios públicos,
      estableciéndose un aumento equivalente al 2 % (dos por ciento) de la masa
      salarial.- 
      
       
      CONSIDERANDO:
      que se estima oportuno
      y conveniente precisar aspectos relativos a la 
      
       
      liquidación
      del incremento salarial, a efectos de su correcta aplicación.- 
      
       
      ATENTO:
      a lo expuesto; 
      
       
      EL
      PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA;
      
       
      Actuando
      en Consejo de Ministros
      
       
      DECRETA
      : 
      
       
      ARTÍCULO
      1°.- Sustitúyese el
      artículo 3° del Decreto N° 191/003, de 16 de mayo de 2003, por el
      siguiente: 
      
       
      “ARTÍCULO
      3°.- Para los
      funcionarios de la Administración Central y de la Administración
      Nacional de Educación pública, el aumento salarial
      operará de la siguiente forma: el aumento
      se calculará aplicando un incremento del 6 % (seis por ciento) sobre el
      sueldo básico, extensión horaria y compensación máxima al grado, con
      excepción de los funcionarios de los Escalafones K (Militar) y L
      (policial) , que se calcularán exclusivamente sobre el sueldo básico.- 
      
       
      El
      incremento dispuesto se aplicará conforme lo establecido por los
      artículos 2° y 4° del Decreto N° 203/992, de 12 de mayo de 1992.-“
      
       
      ARTÍCULO
      2°.- Comuníquese,
      publíquese, etc.
       
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