05/06/03
27/05/03
– SE MODIFICA DECRETO 191/003 DE 16/05/2003 QUE ADECUA REMUNERACIONES DE
FUNCIONARIOS PÚBLICOS
VISTO:
lo dispuesto por
Decreto N° 191/003, de 16 de mayo de 2003.-
RESULTANDO:
que por la norma
referida se adecuaron las remuneraciones de los funcionarios públicos,
estableciéndose un aumento equivalente al 2 % (dos por ciento) de la masa
salarial.-
CONSIDERANDO:
que se estima oportuno
y conveniente precisar aspectos relativos a la
liquidación
del incremento salarial, a efectos de su correcta aplicación.-
ATENTO:
a lo expuesto;
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA;
Actuando
en Consejo de Ministros
DECRETA
:
ARTÍCULO
1°.- Sustitúyese el
artículo 3° del Decreto N° 191/003, de 16 de mayo de 2003, por el
siguiente:
“ARTÍCULO
3°.- Para los
funcionarios de la Administración Central y de la Administración
Nacional de Educación pública, el aumento salarial
operará de la siguiente forma: el aumento
se calculará aplicando un incremento del 6 % (seis por ciento) sobre el
sueldo básico, extensión horaria y compensación máxima al grado, con
excepción de los funcionarios de los Escalafones K (Militar) y L
(policial) , que se calcularán exclusivamente sobre el sueldo básico.-
El
incremento dispuesto se aplicará conforme lo establecido por los
artículos 2° y 4° del Decreto N° 203/992, de 12 de mayo de 1992.-“
ARTÍCULO
2°.- Comuníquese,
publíquese, etc.
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