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       18/06/03    
      
       
      18/06/03 – DESIGNACIÓN DEL ORGANISMO
      COMPETENTE EN MATERIA DE PIEDRAS PRECIOSAS Y DEMÁS PRODUCTOS MINEROS 
      
       
      VISTO: lo dispuesto por
      la Ley No 17.011 de fecha 25 de setiembre de 1998 
      
       
      RESULTANDO: I) Que la
      citada norma crea en su artículo N° 76 el Registro de Denominaciones de
      Origen en la Dirección Nacional de la Propiedad Industrial del Ministerio
      de Industria, Energía y Minería 
      
       
      II) que el Decreto
      Reglamentario No 34/999 de 3 de febrero de 1999 en su artículo N° 67
      exige para el registro de las denominaciones de origen uruguayas,
      constancia que acredite su otorgamiento por parte del organismo competente
      en la materia
      
       
      CONSIDERANDO: I) que
      resulta conveniente designar el organismo competente en materia de piedras
      preciosas y demás productos mineros 
      
       
      II) que la Dirección
      Nacional de Minería y Geología del Ministerio de Industria, Energía y
      Minería cuenta con los recursos técnicos y las competencias en materia
      minera; 
      
       
      ATENTO: a lo
      precedentemente expuesto y a lo establecido por la Ley N° 17.011 de 25 de
      setiembre de 1998 
      
       
      EL PRESIDENTE DE LA
      REPÚBLICA
      DECRETA:
      
       
      Artículo 1.- Desígnase
      a la Dirección Nacional de Minería y Geología del Ministerio de
      Industria, Energía y Minería, organismo competente para conceder
      derechos de uso de denominaciones de origen nacionales para las piedras
      preciosas, semi preciosas y demás productos mineros 
      Artículo 2.- La
      Dirección Nacional de Minería y Geología, establecerá los requisitos
      que deberán cumplir los solicitantes del derecho de uso, así como las
      medidas complementarias y las condiciones técnicas y reglamentarias
      indispensables para la concesión del referido derecho 
      
       
      Artículo 3.- Comuníquese,
      publíquese, etc.
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