31/07/03    

31/07/03 – SE FIJAN VALORES NOMINALES DE RETRIBUCIÓN DE LA HORA DOCENTE, A FIN DE APLICARLOS A LAS CONTRATACIONES QUE REALICE EL MINISTERIO DE DEPORTE Y JUVENTUD.

VISTO: La necesidad de determinar el valor nominal de retribución de la hora docente a efectos de que, en el marco de lo dispuesto por la Resolución del Poder Ejecutivo N° 832/002 de fecha 7 de mayo de 2002, el Ministerio de Deporte y Juventud proceda a aplicar dicho valor a los “contratos de horas docentes” por medio de los cuales se da cumplimiento a las actividades desarrolladas por el Instituto Superior de Educación Física en el año 2003.

RESULTANDO: I) El Ministerio de Deporte y Juventud posee atribuciones para contratar personal al amparo de la normativa citada.

II) Por Resolución Ministerial N° 618/02 de fecha 15 de octubre de 2002 se dispuso que la determinación del tiempo de duración de las clases correspondientes a las distintas asignaturas que se imparten en el I.S.E.F. es de exclusiva competencia de la Dirección del referido Instituto,  correspondiendo luego a su aprobación  al Ministerio de Deporte y Juventud, en cumplimiento de lo dispuesto por el Art 238 de la Ley N° 15.903 de fecha 10 de noviembre de 1987.

CONSIDERANDO: I) Según surge de los planes de estudios correspondientes a los cursos de formación docente impartidos por el Instituto Superior de Educación Física, la extensión horaria de las clases es de 45 o de 60 minutos en actividades de docencia directa o indirecta.

II) Resulta necesario determinar el valor nominal de retribución de las referidas horas docentes, según la modalidad de docencia de que se trate

(directa e indirecta), su extensión horaria y las diversas categorías docentes del  personal que cumple funciones en el Instituto Superior de Educación Física.

ATENTO: A lo expuesto y a las normas citadas,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

DECRETA:

Artículo 1°.- Fíjanse los siguientes valores nominales de retribución de la hora docente, según la modalidad de docencia (directa o indirecta) que en cada caso se indica, a fin de aplicarlos a las contrataciones que, en el marco de lo dispuesto por la Resolución del Poder Ejecutivo N° 832/002 de fecha 7 de mayo de 2002, realice el Ministerio de Deporte y Juventud para dar cumplimiento a las actividades desarrolladas por el Instituto Superior de Educación Física en el correr del año lectivo 2003:

DOCENCIA DIRECTA

 

Duración

Categoría Docente

Valor Nominal Hora Semanal

45 minutos

Prof. Titular

$ 60,69

 

45 minutos

Prof. Ayudante

$ 50,83

 

60 minutos

Prof. Titular

$ 80,92

 

60 minutos

Prof. Ayudante

$ 67,78

 

         

DOCENCIA INDIRECTA

Valor Nominal Hora Semanal de 60 minutos:                                            $67,43

Artículo 2°.- Los valores de la hora docente establecidos en el artículo anterior, serán ajustados de acuerdo a los aumentos que en las retribuciones de los funcionarios públicos establezca el Poder Ejecutivo.

Artículo 3°.- Comuníquese, publíquese y archívese.