31/07/03
31/07/03
– SE FIJAN VALORES NOMINALES DE RETRIBUCIÓN DE LA HORA DOCENTE, A FIN
DE APLICARLOS A LAS CONTRATACIONES QUE REALICE EL MINISTERIO DE DEPORTE Y
JUVENTUD.
VISTO:
La necesidad de determinar el valor nominal de retribución de la hora
docente a efectos de que, en el marco de lo dispuesto por la Resolución
del Poder Ejecutivo N° 832/002 de fecha 7 de mayo de 2002, el Ministerio
de Deporte y Juventud proceda a aplicar dicho valor a los “contratos de
horas docentes” por medio de los cuales se da cumplimiento a las
actividades desarrolladas por el Instituto Superior de Educación Física
en el año 2003.
RESULTANDO:
I) El Ministerio de
Deporte y Juventud posee atribuciones para contratar personal al amparo de
la normativa citada.
II) Por Resolución Ministerial N° 618/02 de fecha 15 de octubre de
2002 se dispuso que la determinación del tiempo de duración de las
clases correspondientes a las distintas asignaturas que se imparten en el
I.S.E.F. es de exclusiva competencia de la Dirección del referido
Instituto, correspondiendo
luego a su aprobación al
Ministerio de Deporte y Juventud, en cumplimiento de lo dispuesto por el
Art 238 de la Ley N° 15.903 de fecha 10 de noviembre de 1987.
CONSIDERANDO:
I) Según surge de los
planes de estudios correspondientes a los cursos de formación docente
impartidos por el Instituto Superior de Educación Física, la extensión
horaria de las clases es de 45 o de 60 minutos en actividades de docencia
directa o indirecta.
II) Resulta necesario determinar el valor nominal de retribución de
las referidas horas docentes, según la modalidad de docencia de que se
trate
(directa
e indirecta), su extensión horaria y las diversas categorías docentes
del personal que cumple
funciones en el Instituto Superior de Educación Física.
ATENTO:
A lo expuesto y a las normas citadas,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1°.- Fíjanse los siguientes valores nominales de
retribución de la hora docente, según la modalidad de docencia (directa
o indirecta) que en cada caso se indica, a fin de aplicarlos a las
contrataciones que, en el marco de lo dispuesto por la Resolución del
Poder Ejecutivo N° 832/002 de fecha 7 de mayo de 2002, realice el
Ministerio de Deporte y Juventud para dar cumplimiento a las actividades
desarrolladas por el Instituto Superior de Educación Física en el correr
del año lectivo 2003:
DOCENCIA
DIRECTA
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Duración
|
Categoría
Docente
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Valor
Nominal Hora Semanal
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45
minutos
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Prof.
Titular
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$
60,69
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45
minutos
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Prof.
Ayudante
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$
50,83
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60
minutos
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Prof.
Titular
|
$
80,92
|
|
60
minutos
|
Prof.
Ayudante
|
$
67,78
|
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DOCENCIA
INDIRECTA
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Valor
Nominal Hora Semanal de 60 minutos:
$67,43
|
Artículo 2°.- Los
valores de la hora docente establecidos en el artículo anterior, serán
ajustados de acuerdo a los aumentos que en las retribuciones de los
funcionarios públicos establezca el Poder Ejecutivo.
Artículo 3°.- Comuníquese,
publíquese y archívese.
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