03/09/03
03/09/03
– SE APRUEBA PLIEGO DE CONDICIONES QUE REGIRÁ LLAMADO
A OFERTAS DE PRECIOS PARA LA ENAJENACIÓN DE INMUEBLES DECLARADOS
PRESCINDIBLES POR LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
VISTO:
el proyecto de Pliego de Condiciones elaborado por la Comisión Ejecutiva
para la Enajenación de Inmuebles y Vehículos del Estado creada por el
Decreto 378/002 de 28 de setiembre de 2002;
RESULTANDO:
I) que el mismo contiene las condiciones para la presentación y
recepción de las ofertas en el procedimiento de llamado respecto de los
inmuebles declarados prescindibles por la Administración Central de
acuerdo al Decreto 65/002 de 7 de febrero de 2002;
II)
que las mencionadas condiciones se ajustan a lo dispuesto por las normas
legales y reglamentarias vigentes;
CONSIDERANDO:
que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 1º del citado Decreto
378/002, procede su aprobación por el Poder Ejecutivo;
ATENTO:
a lo precedentemente expuesto;
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Actuando
en Consejo de Ministros
DECRETA
Artículo
1º.- Apruébase el Pliego de Condiciones que regirá el Llamado a
Oferta de Precios para la enajenación de los inmuebles declarados
prescindibles por la Administración Central, elaborado por la Comisión
Ejecutiva para la Enajenación de Inmuebles y Vehículos del Estado, que
se adjunta y forma parte del presente decreto.
Artículo
2º.- Comuníquese, etc.
COMISIÓN
EJECUTIVA PARA LA ENAJENACIÓN DE INMUEBLES y VEHÍCULOS DEL ESTADO
LLAMADO
A OFERTA DE PRECIOS No. ... PARA LA ENAJENACIÓN DE LOS INMUEBLES QUE SE
DETALLAN EN ANEXO ADJUNTO.
PLIEGO
DE CONDICIONES.
1. La Comisión
Ejecutiva para la Enajenación de Inmuebles y Vehículos del Estado llama
a oferta de precios para la enajenación de los inmuebles que se indican
en el Anexo I del presente pliego, de conformidad con lo dispuesto por el
art. 735 de la ley 16.736 de 5 de enero de 1996, Decreto 65/002 de 8 de
febrero de 2002, Decreto 378/002 de 28 de setiembre de 2002, y Resolución
del Poder Ejecutivo N° ...... de fecha ....................
2. El llamado se
regirá por este pliego de condiciones, sus Anexos (I y II), las normas
citadas en el numeral anterior, el art.343 de la ley 13.835 de 7 de enero
de 1970 con la modificación dispuesta por el Decreto Ley 15.545 de 3 de
mayo de 1984, y las normas del Texto Ordenado de Contabilidad y
Administración Financiera y Normas Concordantes y Complementarias
(T.O.C.A.F.) aprobado por el Decreto 194/997 de 10 de junio de 1997 en
cuanto fuere aplicable.
3. Las ofertas se
presentarán en el Departamento de Recursos Materiales y Servicios del
Ministerio de Economía y Finanzas, Colonia 1089, 3er. Piso, en el horario
de 11 a 16 horas, o se enviarán por correo a igual dirección. En todos
los casos se aceptarán únicamente las recibidas hasta una hora antes de
la dispuesta para el acto de apertura.
4. Tomarán como modelo
el texto del Anexo II y su impresión será claramente legible y sin
enmiendas. Serán suscritas por el o los oferentes, o en su caso, por su
representante legal, contractual o estatutario con facultades suficientes.
Se presentarán en triplicado (un original y dos copias o fotocopias).
Cuando la propuesta sea formulada por parte pluripersonal, todos sus
integrantes quedarán obligados solidariamente en los términos de la
misma.
5. En caso de que se
desee ofertar por más de un inmueble, deberá formularse una oferta
independiente para cada uno. El precio ofrecido se indicará en
Unidades Reajustables y no podrá ser inferior al valor base que en
cada caso se establece en el Anexo I. Las ofertas deberán mantenerse por
el plazo de 180 días corridos contados a partir de la fecha de apertura
del llamado.
6. En el acto de
apertura los oferentes deberán justificar haber constituido garantía de
mantenimiento de su oferta por un importe no inferior al 5% del valor base
que figura en el Anexo I para el respectivo inmueble. El depósito de la
garantía podrá realizarse en efectivo, letra de cambio bancaria, valores
públicos (los que se tomarán por su valor nominal), mediante fianzas o
avales bancarios, o póliza de seguro de fianza, a la orden el Ministerio
de Economía y Finanzas y con referencia al número de llamado y al
inmueble por el que se oferta. Los depositantes deberán dirigirse al
efecto al Departamento de Recursos Materiales y Servicios del Ministerio
de Economía y Finanzas, Colonia 1089, 3er. Piso.
7.
El acto de apertura se realizará en el lugar , día y hora indicado en el
Anexo I, cualquiera sea el número de propuestas recibidas, y en presencia
de los oferentes o representantes de los mismos que concurran. Los
oferentes que deseen dejar asentadas en el acta aclaraciones,
observaciones y/o salvedades, deberán identificarse con documento de
identidad vigente, y en su caso acreditar mediante certificación notarial
(de antigüedad no superior a 15 días corridos) la representación que
invoquen, su vigencia y la suficiencia de sus facultades.
8.
Serán de aplicación, en lo pertinente, los institutos de mejora de
ofertas y negociaciones previstos en el art. 57 del TOCAF.
9.
Una vez determinada cuál es la oferta más conveniente para la
Administración por cada uno de los inmuebles ofrecidos en venta, el Poder
Ejecutivo dictará la resolución de adjudicación y designará la o las
personas que otorgarán las compraventas en nombre y representación del
Estado. La Resolución se notificará a los adjudicatarios ya los demás
oferentes mediante telegrama colacionado, fax, correo electrónico o
cualquier otro medio auténtico. La Administración se reserva el derecho
de rechazar todas las ofertas presentadas y de declarar desierto el
llamado.
10.
La Comisión Ejecutiva exigirá la constitución de garantía de
cumplimiento del contrato a los adjudicatarios por un monto del 10% de su
oferta en un plazo de 10 días a contar desde el día siguiente al de la
notificación de la adjudicación. Estas nuevas garantías se mantendrán
hasta la cancelación del precio y otorgamiento e inscripción de la
compraventa, la cual deberá tener lugar dentro del plazo máximo de 90
días corridos, contados desde la notificación al respectivo
adjudicatario. Sólo se admitirá la prórroga de dicho plazo por razones
justificadas que se invoquen y acrediten debidamente por lo menos cinco
días hábiles antes del vencimiento del plazo referido. Vencido el plazo
de 90 días y su eventual prórroga, sin que se haya hecho efectivo el
depósito del precio, se podrá tener por desistido al oferente, quien en
tal caso, perderá la garantía. El depósito de la garantía podrá
realizarse en efectivo, letra de cambio bancaria, valores públicos (los
que se tomarán por su valor nominal), mediante fianzas o avales
bancarios, o póliza de seguro de fianza, a la orden del Ministerio de
Economía y Finanzas y con referencia al número de llamado y al inmueble
por el que se oferta. Los depositantes deberán dirigirse al efecto al
Departamento de Recursos Materiales y Servicios del Ministerio de
Economía y Finanzas, Colonia 1089, 3er. Piso.
11.
Las garantías estarán incondicionalmente a disposición del Ministerio
de Economía y Finanzas y en caso de incumplimiento no se requerirá
ningún trámite judicial o extrajudicial para hacerlas efectivas. Una vez
dictada y firme la resolución de adjudicación, las garantías de
mantenimiento de oferta serán devueltas a los no adjudicatarios en el
plazo máximo de 5 días hábiles a contar de su solicitud al Departamento
de Recursos Materiales y Servicios del Ministerio de Economía y Finanzas.
La devolución de las garantías de cumplimiento de contrato a los
adjudicatarios tendrá lugar con posterioridad a la enajenación
respectiva, dentro de los 5 días hábiles a contar de su solicitud al
citado Departamento, la cual deberá presentarse acompañada de
documentación que acredite la inscripción registral de la enajenación.
Tratándose de garantías constituidas mediante depósito en efectivo, se
devolverá el mismo importe recibido por la Administración; en los demás
casos, se devolverán los mismos documentos recibidos por ésta.
12.
El precio se abonará al contado en el acto de otorgamiento de la
escritura de compraventa, en efectivo, letra de cambio, con certificados
de depósitos reprogramados del Banco de la República Oriental del
Uruguayo del Banco Hipotecario del Uruguay, con títulos de deuda del
Estado uruguayo, o con la combinación de estos medios de pago, Los
certificados y títulos de deuda se tomarán por su valor nominal.
13.
Los inmuebles se enajenarán en su estado material, de ocupación y
jurídico actual, y conforme a lo dispuesto en el art. 1691 inciso 6° del
Código Civil. Los eventuales gastos de desocupación y erogaciones por
pago de adeudos que pudieran existir al momento de la enajenación serán
de cargo de los adquirentes. La sola presentación de la oferta supondrá
aceptar como buenos y completos los títulos y demás documentación del
inmueble. La consulta de los títulos de propiedad podrá realizarse en el
Inciso Administrador de cada inmueble de acuerdo a lo señalado en el
Anexo I.
14.
Para las conversiones de valores y monedas que sea necesario realizar se
tomarán las siguientes cotizaciones: el valor oficial de la Unidad
Reajustable del mes corriente y la cotización de la moneda extranjera
pizarra tipo vendedor del Banco de la República Oriental del Uruguay del
día hábil anterior a la fecha de pago.
15.
Las consultas relativas al presente llamado se recibirán hasta el quinto
día hábil previo a su apertura, vía e-mail o fax dirigido a la
dirección y número que respectivamente se indican en el Anexo I. Se
evacuarán por igual medio, y se publicarán con sus respuestas en la
forma que se establece en el mismo.
COMISIÓN EJECUTIVA A PARA LA ENAJENACIÓN
DE INMUEBLES y VEHÍCULOS DEL ESTADO
ANEXO
I
al Pliego de Condiciones para el llamado a
Oferta de Precios N° ......
Inciso
Administrador
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Departamento
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Localidad
o
Paraje
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Padrón
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Dirección
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Metraje
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Valor
Base
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Mayor información sobre cada inmueble:
http://www.comprasestatales.gub.uy
y en los Incisos Administradores.
BASE: la indicada en
cada caso (que corresponde al 85% del valor de tasación fijado por la
Dirección Nacional de Catastro)
APERTURA:
.............. a la hora ...... , en ................. Se recibirán
ofertas hasta una hora antes.
CONSULTA DE TÍTULOS:
días hábiles en el Inciso Administrador.
Detalle de horarios:
http://www.comprasestatales.gub.uy o retirar en el Departamento de
Recursos Materiales y Servicios del Ministerio de Economía y Finanzas.
OTRAS CONSULTAS: deben
dirigirse a la Comisión Ejecutiva para la Enajenación de Inmuebles y
Vehículos del Estado
Fax:4877431
E-mail: ventasestatales@presidencia.gub.uy
Las
consultas serán evacuadas a quien las formule y además publicadas con
sus respuestas en la página http://www.comprasestatales.gub.uy.
COMISIÓN
EJECUTIVA PARA LA ENAJENACIÓN DE INMUEBLES y VEHÍCULOS DEL ESTADO
ANEXO
II
al
Pliego de Condiciones para el Llamado a Oferta de Precios N° ........
Montevideo,
Comisión
Ejecutiva para la Enajenación
de
Inmuebles y Vehículos del Estado
Presidencia
de la República-Ministerio de Economía y Finanzas.
OFERTA
DE COMPRA
Decreto
378/002 de 28.9.2002, art.4 inciso 1°- D. Oficial 4.10.2002
Por
la presente ofrezco/ofrecemos adquirir del Estado el inmueble que se
indica a continuación, de acuerdo a las condiciones que más abajo se
señalan, y (sólo para parte pluripersonal) nos obligamos
solidariamente en los términos de la presente oferta.
1.
INMUEBLE
1.1.
Padrón:
1.2.
Departamento:
2.
PRECIO OFRECIDO
2.1.
Monto en Unidades Reajustables:
2.2.
Medio/s de pago:
(Se
indicará si se ofrece abonar en efectivo, con títulos de deuda del
Estado uruguayo, y/o con certificados de depósitos re programados del
BROU y/o BHU. Estos medios de pago pueden combinarse entre sí para la
integración del precio ofrecido y serán tomados a su valor nominal. Se
deberá individualizar en forma completa los mismos indicando además
según corresponda la moneda de pago y/o la fecha de presentación al
cobro de los documentos.)
2.3.
Oportunidad de pago: simultáneamente con el otorgamiento de la escritura
de compraventa, el cual tendrá lugar dentro del plazo máximo de 90 días
a contar de la notificación de aceptación de la oferta por la
Administración, prorrogables por razones que se justifiquen por las
partes debidamente con un mínimo de 5 días hábiles de "antelación
al vencimiento de dicho plazo.
3.
PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA
Hasta
el día:
(El
plazo mínimo es de 180 días corridos contados desde la fecha de
apertura del llamado)
4.
DECLARACIÓN
Declaro
conocer y aceptar:
4.1.
El pliego de condiciones que rige este llamado.
4.2.
Como bueno y completo el título de propiedad del inmueble y la demás
documentación correspondiente al mismo.
4.3.
El estado material y de ocupación del inmueble.
4.4.
Que el inmueble me será enajenado conforme a lo dispuesto en el art.1691
numeral 6° del Código Civil.
4.5.
Que las erogaciones por pago de adeudos correspondientes al inmueble, los
eventuales gastos de desocupación, así como los gastos, impuestos y
honorarios de escrituración y registro, serán de mi cargo.
OFERENTE
Nombre:
N°
de Cédula identidad ó RUC (personasjurídicas):
Representante
(personas jurídicas):
Domicilio
constituido en Montevideo:
Teléfono:
Fax:
E-mail:
Firma:
(Texto
del AVISO)
COMISIÓN EJECUTIVA PARA LA ENAJENACIÓN DE
INMUEBLES y VEHÍCULOS DEL ESTADO.
PRESIDENCIA
DE LA REPÚBLICA
LLAMADO
N° ...para la enajenación de los siguientes inmuebles:.
(
cuadro similar al del anexo I)
APERTURA:
.../.../... , hora ....... , en ......
RETIRO
DE PLIEGOS y PRESENTACIÓN DE OFERTAS: Depto. de Recursos
Materiales y Servicios del Ministerio de Economía y Finanzas, Colonia
1089, 3er. Piso, de 11 a 16 hs.
CONSULTA
DE TÍTULOS DE PROPIEDAD: en el Inciso Administrador.
OTRAS
CONSULTAS: a la Comisión Ejecutiva, fax .4877431,
E-mail:
ventasestatales@presidencia.gub.uy.
http://www.comprasestatales.gub.uy:
texto del pliego, modelo de oferta, mayor detalle de los inmuebles,
horarios y lugares para consulta de títulos de propiedad, respuesta a
consultas.
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