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10/11/03
– SE SUPRIME EL
ORGANISMO TÉCNICO DE CONTRALOR CREADO POR RESOLUCIÓN DEL PODER EJECUTIVO
DE 3/01/994 Y APROBADO POR DECRETO N° 190/997
VISTO:
la política impulsada por el Poder Ejecutivo, tendiente a racionalizar la
estructura del Estado a través de mecanismos como el previsto por el art.
3, siguientes y concordantes de la Ley Nº 17.556 de 18 de setiembre de
2002;
RESULTANDO:
I) que por resolución del
Poder Ejecutivo de 3 de enero de 1994, se creó, como-dependencia del
Ministerio de Industria, Energía y Minería, el denominado Organismo
Técnico de Contralor con motivo del otorgamiento de la concesión del
servicio público de gas por cañería para el Departamento d e
Montevideo;
II)
que los cometidos de dicho órgano, conforme a la precitada resolución de
3 de enero de 1994 y los Decretos N° 190/97 de 4 de junio de 1997 y No
287/99 de 15 de setiembre de 1999, son los de realizar las tareas de
seguimiento, inspección y vigilancia, destinadas al control del correcto
cumplimiento de las obligaciones emergentes del contrato de concesión de
la explotación de los servicios de producción y distribución de gas por
cañería;
CONSIDERANDO:
I) que la Ley No 17.598 de 13
de diciembre de 2002 crea la Unidad Reguladora de los Servicios de
Energía y Agua (URSEA), entre cuyos cometidos se encuentran los
descriptos en el Resultando II, lo que ocasiona una superposición y
duplicidad de funciones; -
II)
que en consecuencia corresponde dejar sin efecto las contrataciones en
régimen de Alta Especialización del Ingº Civil Oscar López de la
Fuente y del Dr. Diego Pérez Piñeyrúa "Miembro del Organismo
Técnico de Contralor", al suprimirse el Organismo Técnico de
Contralor, oportunamente resueltas por Resolución de 5 de abril de 2001;
ATENTO:
a lo expuesto;
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA
Art.
1º.- Suprímese el Organismo
Técnico de Contralor creado por resolución del Poder Ejecutivo de 3 de
enero de 1994 y aprobado por Decreto N° 190/997 de 4 de junio de 1997.
Art.
2°.- Asígnase a la Dirección
Nacional de Energía los cometidos del Organismo Técnico de Contralor
mencionados en la resolución del Poder Ejecutivo de 3 de enero de 1994,
sin perjuicio de las que correspondan a la Unidad Reguladora de los
Servicios de Energía y Agua (URSEA) creada por la Ley No 17.598 de 13 de
diciembre de 2002 Art 3°.- Revócanse las designaciones del Ingº
Civil Oscar López de la Fuente y del Dr. Diego Pérez Piñeyrúa
realizadas por resolución de 5 de abril de 2001, para funciones de
Miembro de Organismo Técnico de Contralor y agradécense los servicios
prestados.
Art
4º.- Apruébase el Organigrama
del Inciso 08 que se adjunta y forma parte de este Decreto.
Art
.5.- Notifíquese comuníquese,
etc.
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