28/11/03
27/11/03 – SUSTITUYESE EL NUMERAL II DEL ARTÍCULO 1° DEL DECRETO N°
449/003.
VISTO:
El presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del
Banco de Previsión Social correspondiente a¡ Ejercicio 2004;
CONSIDERANDO:
I) Que el Poder Ejecutivo, por Decreto N° 449/003 de 30 de octubre de
2003, publicado en el Diario Oficial N° 26.382 de 13 de noviembre de
2003, aprobó dicho presupuesto;
II) Que en
dicha norma se padeció error en el Numeral II del Artículo 1°, Rubro 7,
Subrubro 75;
III) Que
procede efectuar la corrección correspondiente;
ATENTO:
A lo expuesto;
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA
Artículo
1°.- Sustitúyese en el Numeral II
del artículo 1° del Decreto N° 449/003, de 30 de octubre de 2003, el
Rubro 7, Subrubro 75, que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo
2º.- Dése cuenta a la Asamblea
General.
Artículo
3º.-
Comuníquese, publíquese, etc.
|