28/11/03    

27/11/03 – SUSTITUYESE EL NUMERAL II DEL ARTÍCULO 1° DEL DECRETO N° 449/003.

VISTO: El presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco de Previsión Social correspondiente a¡ Ejercicio 2004;

CONSIDERANDO: I) Que el Poder Ejecutivo, por Decreto N° 449/003 de 30 de octubre de 2003, publicado en el Diario Oficial N° 26.382 de 13 de noviembre de 2003, aprobó dicho presupuesto;

II) Que en dicha norma se padeció error en el Numeral II del Artículo 1°, Rubro 7, Subrubro 75; 

III) Que procede efectuar la corrección correspondiente;

ATENTO: A lo expuesto;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA 

DECRETA

Artículo 1°.- Sustitúyese en el Numeral II del artículo 1° del Decreto N° 449/003, de 30 de octubre de 2003, el Rubro 7, Subrubro 75, que quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 2º.- Dése cuenta a la Asamblea General.

Artículo 3º.- Comuníquese, publíquese, etc.