28/11/03
28/11/03
– SE MODIFICA LA NOMENCLATURA
COMÚN DEL MERCOSUR Y SU CORRESPONDIENTE ARANCEL EXTERNO COMÚN
VIGENTES
VISTO:
el Decreto N° 527/001, de 31 de diciembre de 2001, que incorporó al
ordenamiento jurídico nacional la Nomenclatura Común del Mercosur y su
correspondiente Arancel Externo Común.
RESULTANDO:
que el Grupo Mercado Común, en ejercicio de la facultad delegada por el
Consejo Mercado Común, dictó las Resoluciones Nros. 17/02, 36/02, 39/02,
40/02, 51/02, 57/02, 04/03 y 05/03.
CONSIDERANDO:
que corresponde en consecuencia, recoger las modificaciones resultantes de
las referidas Resoluciones del Grupo Mercado Común, en cumplimiento de
los compromisos asumidos por el país en la materia.
ATENTO:
a lo expuesto y a lo establecido en los artículos 2° de la Ley N°
12.670, de 17 de diciembre de 1959 y 4° del Decreto-Ley N° 14.629, de 5
de enero de 1977.
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
D
E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.-
Modifícase la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su
correspondiente Arancel Externo Común vigentes, de conformidad con el
Anexo adjunto que forma parte del presente Decreto.
ARTÍCULO 2º.-
Incorpórase al Anexo II del Decreto N° 391/000, de 27 de
diciembre de 2000, los ítems NCM 2835.31.90; 3907.10.91; 3907.10.99 y
8415.10.11 con la siguiente nota: "Exclusivamente con válvula de
inversión del ciclo térmico (bombas de calor reversibles)".
ARTÍCULO
3º.- Dese cuenta a la Asamblea General.
ARTÍCULO
4º.- Comuníquese, publíquese, etc.
ANEXO
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