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       28/11/03    
       
      28/11/03
      – SE MODIFICA LA NOMENCLATURA
      COMÚN DEL MERCOSUR Y SU CORRESPONDIENTE ARANCEL EXTERNO COMÚN
      VIGENTES
      
       
      VISTO:
      el Decreto N° 527/001, de 31 de diciembre de 2001, que incorporó al
      ordenamiento jurídico nacional la Nomenclatura Común del Mercosur y su
      correspondiente Arancel Externo Común. 
      RESULTANDO:
      que el Grupo Mercado Común, en ejercicio de la facultad delegada por el
      Consejo Mercado Común, dictó las Resoluciones Nros. 17/02, 36/02, 39/02,
      40/02, 51/02, 57/02, 04/03 y 05/03. 
      CONSIDERANDO:
      que corresponde en consecuencia, recoger las modificaciones resultantes de
      las referidas Resoluciones del Grupo Mercado Común, en cumplimiento de
      los compromisos asumidos por el país en la materia. 
      ATENTO:
      a lo expuesto y a lo establecido en los artículos 2° de la Ley N°
      12.670, de 17 de diciembre de 1959 y 4° del Decreto-Ley N° 14.629, de 5
      de enero de 1977. 
      EL
      PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
      
       
      D
      E C R E T A:
      
       
      ARTÍCULO 1º.-
      Modifícase la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su
      correspondiente Arancel Externo Común vigentes, de conformidad con el
      Anexo adjunto que forma parte del presente Decreto. 
      ARTÍCULO 2º.-
      Incorpórase al Anexo II del Decreto N° 391/000, de 27 de
      diciembre de 2000, los ítems NCM 2835.31.90; 3907.10.91; 3907.10.99 y
      8415.10.11 con la siguiente nota: "Exclusivamente con válvula de
      inversión del ciclo térmico (bombas de calor reversibles)". 
      ARTÍCULO
      3º.- Dese cuenta a la Asamblea General. 
      ARTÍCULO
      4º.- Comuníquese, publíquese, etc. 
      ANEXO 
       
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