28/11/03    

28/11/03 – SE MODIFICA LA NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR Y SU CORRESPONDIENTE ARANCEL EXTERNO COMÚN VIGENTES

VISTO: el Decreto N° 527/001, de 31 de diciembre de 2001, que incorporó al ordenamiento jurídico nacional la Nomenclatura Común del Mercosur y su correspondiente Arancel Externo Común.

RESULTANDO: que el Grupo Mercado Común, en ejercicio de la facultad delegada por el Consejo Mercado Común, dictó las Resoluciones Nros. 17/02, 36/02, 39/02, 40/02, 51/02, 57/02, 04/03 y 05/03.

CONSIDERANDO: que corresponde en consecuencia, recoger las modificaciones resultantes de las referidas Resoluciones del Grupo Mercado Común, en cumplimiento de los compromisos asumidos por el país en la materia.

ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en los artículos 2° de la Ley N° 12.670, de 17 de diciembre de 1959 y 4° del Decreto-Ley N° 14.629, de 5 de enero de 1977.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

D E C R E T A:

ARTÍCULO 1º.- Modifícase la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común vigentes, de conformidad con el Anexo adjunto que forma parte del presente Decreto.

ARTÍCULO 2º.- Incorpórase al Anexo II del Decreto N° 391/000, de 27 de diciembre de 2000, los ítems NCM 2835.31.90; 3907.10.91; 3907.10.99 y 8415.10.11 con la siguiente nota: "Exclusivamente con válvula de inversión del ciclo térmico (bombas de calor reversibles)".

ARTÍCULO 3º.- Dese cuenta a la Asamblea General.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, etc.

ANEXO