03/12/03    

03/12/03 – INCLUSIÓN EN EL ANEXO DEL DECRETO N° 279/001 DE 17/07/2001

VISTO: El Decreto N° 279/001, de 17 de julio de 2001, que fijó en 0 % el recargo mínimo al que aluden los artículos 1°, 2° y 3° del Decreto N° 479/982, de 27 de diciembre de 1982 y sus modificativos, para ciertos bienes de capital.-

RESULTANDO: que el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente ha recomendado la desgravación de la importación de los sistemas de filtrado de gases, por sus beneficiosos efectos ambientales.-

CONSIDERANDO: conveniente la inciusión de los mencionados equipos en la nómina de bienes amparados por el régimen mencionado en el Visto.-

ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido por el arttículo 2° de la Ley N° 12.670  de 17 de diciembre de 1959 y por el artículo 4° del Decreto-ley N° 14.629, de 5 de enero de 1977.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Inclúyese en el anexo del Decreto N° 279/001, de 17 de julio de 2001, el item NCM 8421.39.90.00.-

ARTÍCULO 2°.- Dése cuenta a la Asamblea General.-

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, etc.