la destacada
actuación de ciudadanos uruguayos en los más diversos campos de la
creación y aplicación del conocimiento científico contemporáneo; RESULTANDO:
que su labor es permanentemente distinguida a nivel internacional,
contribuyendo, de tal manera, a resaltar y prestigiar la imagen del país en
el exterior;
CONSIDERANDO: I) que se entiende que corresponde
destacar tales méritos a nivel nacional, mediante el reconocimiento expreso
a quienes han obtenido relevantes logros en el campo científico;
II) que las razones expuestas ameritan instituir el
Premio "Presidencia de la República -Reconocimiento a la Labor
Científica", el que será otorgado por la Presidencia de la
República, mediante una medalla alusiva;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
D E C R E T A:
Artículo 1º: Institúyese el Premio
"Presidencia de la República - Reconocimiento a la Labor
Científica", el que será otorgado por la Presidencia de la República
a quien o quienes sean seleccionados a tales efectos.
Artículo 2º: Dicho Premio se materializará
mediante el otorgamiento de una medalla alusiva.
Artículo 3º: Comuníquese, etc.