30/01/04 

29/01/04 – DEROGACIÓN DEL DECRETO N° 418/003 DE 23/10/2003

VISTO: Lo dispuesto por Decreto N°418/003, de 23 de octubre de 2003

RESULTANDO: I) Por dicho Decreto se dispuso que, a partir del 1° de noviembre de 2003, se ampliaban los límites de la circunscripción territorial de las Oficinas de Estado Civil del Departamento de Montevideo, integrándose a dicha circunscripción la correspondiente a la Oficina de Estado Civil de la 21a. Sección Judicial del Departamento de Canelones, cesando en sus cometidos de Oficial de Estado Civil el Juez de Paz de dicha Sección Judicial

II) Razones de orden práctico han impedido la aplicación, por el momento, de lo dispuesto en el referido Decreto, surgiendo inconvenientes para la supresión de la Oficina de Estado Civil de la 21a. Sección Judicial de Canelones

CONSIDERANDO: I) La situación planteada amerita una evaluación más profunda de la misma, a fin de determinar la solución más adecuada para la Oficina de Estado Civil de la referida Sección Judicial

II) Hasta que se arribe a una solución definitiva, corresponde revocar lo dispuesto por el Decreto 418/003 de 23 de octubre de 2003

ATENTO: a lo precedentemente expuesto

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

DECRETA:

Artículo 1°.- DERÓGASE lo dispuesto por el Decreto 418/003 de 23 de octubre de 2003

Artículo 2°.- COMUNÍQUESE a la Dirección General del Registro del Estado Civil y a la Suprema Corte de Justicia, publíquese y archívese.-