30/01/04
29/01/04 – DEROGACIÓN DEL DECRETO N° 418/003 DE
23/10/2003
VISTO: Lo dispuesto por Decreto N°418/003, de 23 de
octubre de 2003
RESULTANDO: I) Por dicho Decreto se dispuso que, a
partir del 1° de noviembre de 2003, se ampliaban los límites de la
circunscripción territorial de las Oficinas de Estado Civil del
Departamento de Montevideo, integrándose a dicha circunscripción la
correspondiente a la Oficina de Estado Civil de la 21a.
Sección Judicial del Departamento de Canelones, cesando en sus cometidos de
Oficial de Estado Civil el Juez de Paz de dicha Sección Judicial
II) Razones de orden práctico han impedido la
aplicación, por el momento, de lo dispuesto en el referido Decreto,
surgiendo inconvenientes para la supresión de la Oficina de Estado Civil de
la 21a. Sección Judicial de
Canelones
CONSIDERANDO: I) La situación planteada amerita una
evaluación más profunda de la misma, a fin de determinar la solución más
adecuada para la Oficina de Estado Civil de la referida Sección Judicial
II) Hasta que se arribe a una solución definitiva,
corresponde revocar lo dispuesto por el Decreto 418/003 de 23 de octubre de
2003
ATENTO: a lo precedentemente expuesto
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1°.- DERÓGASE lo dispuesto por el Decreto
418/003 de 23 de octubre de 2003
Artículo 2°.- COMUNÍQUESE a la Dirección General
del Registro del Estado Civil y a la Suprema Corte de Justicia, publíquese
y archívese.-