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    26/02/04 - MODIFICACIÓN DE LÍMITES TERRITORIALES DE
    SECCIONALES POLICIALES DE TACUAREMBÓ
    VISTO: estas actuaciones relacionadas con los
    límites territoriales de las Seccionales 3º y 16º del Departamento de
    Tacuarembó.
    
    RESULTANDO: que la Jefatura de Policía de
    Tacuarembó plantea la corrección de los límites policiales de algunas
    Seccionales y la modificación, atendiendo a las mejores necesidades del
    servicio.
    
    CONSIDERANDO: que los motivos expuestos en el trabajo
    del Estado Mayor General de la Jefatura de Policía de Tacuarembó, dan
    mérito para modificar parcialmente el Decreto N° 546/990 de fecha 4 de
    diciembre de 1990 actualmente vigente, a fin de establecer nuevos límites.-
    
    ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    DECRETA:
    Artículo 1º) Dispónese la modificación de los
    limites territoriales de las seccionales policiales del Departamento de
    Tacuarembó, que a continuación se detallan los que quedarán establecidos
    conforme lo siguiente: A) 3º Sección (Ciudad Paso de los Toros) Ruta 20
    desde Arroyo Salsipuedes Grande (en el límite departamental) por ésta
    incluida hasta su empalme con Ruta Nacional N° 5; desde ésta por Camino
    Vecinal hasta Chamberlain (Poblado incluido), Camino Vecinal -desde éste
    hasta el Brazo del Arroyo Guayabos, proyectándose en el Brazo del Arroyo
    Cardozo y su proyección. Lago artificial del Río Negro y dicho Río en
    limites departamentales con Durazno hasta el Arroyo Salsipuedes Grande, y
    éste en limites departamentales con Río Negro hasta Ruta 20. B) 168º
    Sección (Peralta) Camino Departamental y vecinal incluido desde el Paso de
    los Catalanes, sobre Arroyo Salsipuedes Grande hasta empalmar con Ruta
    Nacional N° 5 en el Km 298 aproximadamente; desde allí el mismo camino
    excluido hacia Churchill y dejando al Sur el poblado Cardozo Chico; Arroyo
    del Tigre Chico y Brazo del Tigre con exclusión de su cauce. Límite
    departamental con Durazno sobre él Lago Artificial del Rincón del Bonete,
    Brazo del Arroyo Cardozo. Camino Vecinal desde el Brazo del Guayabos hacia
    el Este hasta Chamberlain {Poblado excluido); desde Chamberlain por Camino
    Vecinal hasta el empalme con Ruta Nacional N° S, desde allí por Ruta 20
    (excluida} , hasta el Arroyo Salsipuedes Grande, límite departamental con
    Río Negro sobre el Salsipuedes Grande hasta el Paso de los Catalanes.
    
    Artículo 2º) Modificase el artículo 1º del
    Decreto N° 546/990 de fecha 4 de diciembre de 1990 en los términos
    indicados precedentemente.
    
    Artículo 3º) Comuníquese, publíquese, etc.