04/03/04
    
    03/03/04 – SE PRORROGA PLAZO ESTABLECIDO EN EL ART. 1°
    DEL DECRETO 536/03, POR EL TÉRMINO DE SEIS MESES; RELATIVO A ACTIVIDAD
    MINERA (ARENAS NEGRAS) EN EL DEPARTAMENTO DE ROCHA.
    VISTO: lo dispuesto en el Decreto 109/03 de 20 de
    marzo de 2003, el Decreto 199/03 de 22 de mayo de 2003 y el Decreto 536/03
    de 17 de diciembre de 2003;
    
    RESULTANDO: I) que las referidas normas aprueban el
    denominado "Estudio Geológico Minero del Depósito de Arenas Negras
    del Departamento de Rocha y se reglamenta el procedimiento para la
    realización de actividad minera en la zona;
    
    II) que la sociedad anónima encargada del desarrollo
    de la actividad minera quedó constituida el 17 de junio de 2003,
    disponiendo de un plazo de 180 (ciento ochenta) días a partir de esa fecha
    para enajenar mediante oferta pública al mejor postor la totalidad de sus
    acciones, plazo que fuera prorrogado hasta el 17 de febrero de 2004;
    
    CONSIDERANDO: que la Corporación Nacional para el
    Desarrollo entiende pertinente una nueva prórroga del plazo teniendo en
    cuenta la intención de realizar un llamado a expresiones de interés;
    
    ATENTO: a lo expuesto;
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    DECRETA:
    Art. 1°.- Prorrógase el plazo establecido en el
    Art. 1° del decreto 536/03 de 17 de diciembre de 2003 por el término de 6
    (seis) meses a partir del 17 de febrero de 2004.
    
    Art. 2°.- Comuníquese, publíquese.