04/03/04
03/03/04 – SE PRORROGA PLAZO ESTABLECIDO EN EL ART. 1°
DEL DECRETO 536/03, POR EL TÉRMINO DE SEIS MESES; RELATIVO A ACTIVIDAD
MINERA (ARENAS NEGRAS) EN EL DEPARTAMENTO DE ROCHA.
VISTO: lo dispuesto en el Decreto 109/03 de 20 de
marzo de 2003, el Decreto 199/03 de 22 de mayo de 2003 y el Decreto 536/03
de 17 de diciembre de 2003;
RESULTANDO: I) que las referidas normas aprueban el
denominado "Estudio Geológico Minero del Depósito de Arenas Negras
del Departamento de Rocha y se reglamenta el procedimiento para la
realización de actividad minera en la zona;
II) que la sociedad anónima encargada del desarrollo
de la actividad minera quedó constituida el 17 de junio de 2003,
disponiendo de un plazo de 180 (ciento ochenta) días a partir de esa fecha
para enajenar mediante oferta pública al mejor postor la totalidad de sus
acciones, plazo que fuera prorrogado hasta el 17 de febrero de 2004;
CONSIDERANDO: que la Corporación Nacional para el
Desarrollo entiende pertinente una nueva prórroga del plazo teniendo en
cuenta la intención de realizar un llamado a expresiones de interés;
ATENTO: a lo expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Art. 1°.- Prorrógase el plazo establecido en el
Art. 1° del decreto 536/03 de 17 de diciembre de 2003 por el término de 6
(seis) meses a partir del 17 de febrero de 2004.
Art. 2°.- Comuníquese, publíquese.