04/03/04

03/03/04 – SE PRORROGA PLAZO ESTABLECIDO EN EL ART. 1° DEL DECRETO 536/03, POR EL TÉRMINO DE SEIS MESES; RELATIVO A ACTIVIDAD MINERA (ARENAS NEGRAS) EN EL DEPARTAMENTO DE ROCHA.

VISTO: lo dispuesto en el Decreto 109/03 de 20 de marzo de 2003, el Decreto 199/03 de 22 de mayo de 2003 y el Decreto 536/03 de 17 de diciembre de 2003;

RESULTANDO: I) que las referidas normas aprueban el denominado "Estudio Geológico Minero del Depósito de Arenas Negras del Departamento de Rocha y se reglamenta el procedimiento para la realización de actividad minera en la zona;

II) que la sociedad anónima encargada del desarrollo de la actividad minera quedó constituida el 17 de junio de 2003, disponiendo de un plazo de 180 (ciento ochenta) días a partir de esa fecha para enajenar mediante oferta pública al mejor postor la totalidad de sus acciones, plazo que fuera prorrogado hasta el 17 de febrero de 2004;

CONSIDERANDO: que la Corporación Nacional para el Desarrollo entiende pertinente una nueva prórroga del plazo teniendo en cuenta la intención de realizar un llamado a expresiones de interés;

ATENTO: a lo expuesto;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

DECRETA:

Art. 1°.- Prorrógase el plazo establecido en el Art. 1° del decreto 536/03 de 17 de diciembre de 2003 por el término de 6 (seis) meses a partir del 17 de febrero de 2004.

Art. 2°.- Comuníquese, publíquese.