lo dispuesto por el
señor Presidente de la República Oriental del Uruguay, para otorgar al
Pabellón de Guerra de la Unidad y Sub-Unidades del Ejército Nacional,
desplegados en la República Democrática del Congo en Misión de Paz bajo
el mando de la Organización de Naciones Unidas, la Medalla al "Mérito
Militar" en la Calificación de Oficial General y Despacho
correspondiente
CONSIDERANDO: I) que el día 28 de abril de 2004
durante la visita que realizará el señor Presidente de la República
Oriental del Uruguay, Dr. Jorge Batlle, a los efectivos desplegados en la
República Democrática del Congo, en oportunidad de su tarea bajo el mando
de la Organización de Naciones Unidas en Misión de Paz, distinguirá al
Pabellón de Guerra de esas Unidades, en virtud de los extraordinarios
servicios cumplidos en pro de la paz en ese país
II) que en dicha distinción se incluye a los
Pabellones de Guerra del Batallón Uruguay Iv, Agrupamiento de Compañías
Uruguay I y Compañía de Ingenieros Uruguay IV, que actúan en forma
independiente, comprendiendo el desempeño de todo el Personal Militar que
ha sido desplegado desde el inicio de las operaciones
ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 5to. del
Decreto 511/991 de fecha 17 de setiembre de 1991, ampliado por Decreto
365/993 de fecha 12 de agosto de 1993
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
ARTÍCULO 1ro.- Otórgase la Medalla al "Mérito
Militar" en la Calificación de Oficial General y Despacho
correspondiente, al Pabellón de Guerra del Batallón "Uruguay IV"
desplegado en la República Democrática del Congo, bajo el mando de la
Organización de las Naciones Unidas
ARTÍCULO 2do.- Inclúyase en el mencionado
otorgamiento a las Sub-Unidades del Ejército Nacional, Agrupamiento de
Compañías Uruguay I y Compañía de Ingenieros Uruguay IV, también
desplegadas en el país mencionado, bajo el mismo mandato de Naciones Unidas
ARTÍCULO 3ro.- Comuníquese, publíquese y pase al
Comando General del Ejército, a sus efectos.-