lo dispuesto por el
    señor Presidente de la República Oriental del Uruguay, para otorgar al
    Pabellón de Guerra de la Unidad y Sub-Unidades del Ejército Nacional,
    desplegados en la República Democrática del Congo en Misión de Paz bajo
    el mando de la Organización de Naciones Unidas, la Medalla al "Mérito
    Militar" en la Calificación de Oficial General y Despacho
    correspondiente
    
    CONSIDERANDO: I) que el día 28 de abril de 2004
    durante la visita que realizará el señor Presidente de la República
    Oriental del Uruguay, Dr. Jorge Batlle, a los efectivos desplegados en la
    República Democrática del Congo, en oportunidad de su tarea bajo el mando
    de la Organización de Naciones Unidas en Misión de Paz, distinguirá al
    Pabellón de Guerra de esas Unidades, en virtud de los extraordinarios
    servicios cumplidos en pro de la paz en ese país
    
    II) que en dicha distinción se incluye a los
    Pabellones de Guerra del Batallón Uruguay Iv, Agrupamiento de Compañías
    Uruguay I y Compañía de Ingenieros Uruguay IV, que actúan en forma
    independiente, comprendiendo el desempeño de todo el Personal Militar que
    ha sido desplegado desde el inicio de las operaciones
    
    ATENTO: a lo dispuesto en el artículo 5to. del
    Decreto 511/991 de fecha 17 de setiembre de 1991, ampliado por Decreto
    365/993 de fecha 12 de agosto de 1993
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    DECRETA:
    ARTÍCULO 1ro.- Otórgase la Medalla al "Mérito
    Militar" en la Calificación de Oficial General y Despacho
    correspondiente, al Pabellón de Guerra del Batallón "Uruguay IV"
    desplegado en la República Democrática del Congo, bajo el mando de la
    Organización de las Naciones Unidas
    
    ARTÍCULO 2do.- Inclúyase en el mencionado
    otorgamiento a las Sub-Unidades del Ejército Nacional, Agrupamiento de
    Compañías Uruguay I y Compañía de Ingenieros Uruguay IV, también
    desplegadas en el país mencionado, bajo el mismo mandato de Naciones Unidas
    
    ARTÍCULO 3ro.- Comuníquese, publíquese y pase al
    Comando General del Ejército, a sus efectos.-