el Decreto N°
527/001, de 31 de diciembre de 2001, que incorporó al ordenamiento
jurídico nacional la Nomenclatura Común del Mercosur y su correspondiente
Arancel Externo Común.-
RESULTANDO: que el Grupo Mercado Común, en ejercicio
de la facultad delegada por el Consejo Mercado Común, dictó las
Resoluciones N° 13/03, 14/03, 15/03, 16/03, 19/03, 20/03, 21/03 y 23/03.-
CONSIDERANDO: que corresponde, en consecuencia,
recoger las modificaciones resultantes de las referidas Resoluciones del
Grupo Mercado Común, en cumplimiento de los compromisos asumidos por el
país en la materia.-
ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en los
artículos 2° de la Ley N° 12.670, de 17 de diciembre de 1959 y 4° del
Decreto-Ley N° 14.629, de 5 de enero de 1977.-
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Modifícase la Nomenclatura Común
del Mercosur y su correspondiente Arancel Externo Común vigentes, de
conformidad con el anexo que forma parte del presente Decreto.-
ARTÍCULO 2°.- Dése cuenta a la Asamblea General.-
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, etc.-