la conveniencia de
establecer determinados niveles jerárquicos dentro de esta Secretaría de
Estado
RESULTANDO: que es oportuno señalar la calidad o
rango con que revistan Directores de Departamento y Servicios de la
Secretaria de Estado, que por sus funciones abarcan todo el territorio
nacional
CONSIDERANDO: que entre sus cometidos, además de la
dirección propiamente dicha de sus respectivos Departamentos o Servicios,
se encuentran los de asesorar directamente a las máximas jerarquías del
Ministerio, así como extender su accionar a las Jefaturas de Policías y
Direcciones Nacionales de todo el país, determinando que su gestión sea de
carácter nacional
ATENTO: a lo anteriormente expuesto
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Art. 1°) Los Directores o Jefes de los Departamentos
u Oficinas, de Importaciones, de Coordinación con la UCAA, de Coordinación
del 911, de Balística, Armamento y Equipos Policiales, de Acuerdos, de la
Contaduría 4.01, de Instrucciones Sumariales, de la Secretaría de
Comisiones, del Servicio 0800 5000, de Datos, Estadísticas y Análisis, de
Tesorería, los Jefes de las Ayudantías del Comando de Secretaría y del
Depto. de Biblioteca, Información y Documentación, tendrán rango de
Director Nacional a todos sus efectos.-
Art. 2°) Publíquese, etc.-