la conveniencia de
    establecer determinados niveles jerárquicos dentro de esta Secretaría de
    Estado
    
    RESULTANDO: que es oportuno señalar la calidad o
    rango con que revistan Directores de Departamento y Servicios de la
    Secretaria de Estado, que por sus funciones abarcan todo el territorio
    nacional
    
    CONSIDERANDO: que entre sus cometidos, además de la
    dirección propiamente dicha de sus respectivos Departamentos o Servicios,
    se encuentran los de asesorar directamente a las máximas jerarquías del
    Ministerio, así como extender su accionar a las Jefaturas de Policías y
    Direcciones Nacionales de todo el país, determinando que su gestión sea de
    carácter nacional
    
    ATENTO: a lo anteriormente expuesto
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
    DECRETA:
    Art. 1°) Los Directores o Jefes de los Departamentos
    u Oficinas, de Importaciones, de Coordinación con la UCAA, de Coordinación
    del 911, de Balística, Armamento y Equipos Policiales, de Acuerdos, de la
    Contaduría 4.01, de Instrucciones Sumariales, de la Secretaría de
    Comisiones, del Servicio 0800 5000, de Datos, Estadísticas y Análisis, de
    Tesorería, los Jefes de las Ayudantías del Comando de Secretaría y del
    Depto. de Biblioteca, Información y Documentación, tendrán rango de
    Director Nacional a todos sus efectos.-
    
    Art. 2°) Publíquese, etc.-