la resolución del
    Grupo Mercado Común del MERCOSUR N° 08/04 de 25 de junio de 2004;
    
    RESULTANDO: por la mencionada resolución se deroga
    la resolución del Grupo Mercado Común N° 08/96 "Normas Sanitarias
    para el Tránsito Vecinal Fronterizo Equino";
    
    CONSIDERANDO: I) por la Ley N° 16.712, de 1° de
    setiembre de 1995, se aprobó el Protocolo Adicional al Tratado de Asunción
    - Protocolo de Duro Preto - por el cual los Estados Partes del MERCOSUR se
    comprometen a adoptar todas las medidas necesarias para asegurar en sus
    respectivos territorios el cumplimiento de las normas emanadas de los
    órganos del MERCOSUR;
    
    II) la resolución del Grupo Mercado Común N° 08/96
    fue incorporada al derecho positivo de Uruguay por el decreto N° 254/996 de
    26 de junio de 1996;
    
    III) corresponde, en consecuencia, derogar el
    mencionado decreto;
    
    ATENTO: a lo precedentemente expuesto,
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    DECRETA:
    Artículo 1°.- Derógase el Decreto N° 254/996 de
    26 de junio de 1996.
    
    Art. 2°.- Comuníquese, publíquese, etc.