la resolución del
Grupo Mercado Común del MERCOSUR N° 08/04 de 25 de junio de 2004;
RESULTANDO: por la mencionada resolución se deroga
la resolución del Grupo Mercado Común N° 08/96 "Normas Sanitarias
para el Tránsito Vecinal Fronterizo Equino";
CONSIDERANDO: I) por la Ley N° 16.712, de 1° de
setiembre de 1995, se aprobó el Protocolo Adicional al Tratado de Asunción
- Protocolo de Duro Preto - por el cual los Estados Partes del MERCOSUR se
comprometen a adoptar todas las medidas necesarias para asegurar en sus
respectivos territorios el cumplimiento de las normas emanadas de los
órganos del MERCOSUR;
II) la resolución del Grupo Mercado Común N° 08/96
fue incorporada al derecho positivo de Uruguay por el decreto N° 254/996 de
26 de junio de 1996;
III) corresponde, en consecuencia, derogar el
mencionado decreto;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1°.- Derógase el Decreto N° 254/996 de
26 de junio de 1996.
Art. 2°.- Comuníquese, publíquese, etc.