23/08/04   

17/08/04 – SE PRORROGA PLAZO ESTABLECIDO EN EL ART. 1° DEL DECRETO N° 536/03 DE 17 DE DICIEMBRE DE 2003 HASTA EL 30 DE SETIEMBRE DE 2004.(REL. ARENAS NEGRAS – DPTO. DE ROCHA)

VISTO: lo dispuesto en el Decreto N° 109/03 de 20 de marzo de 2003, el Decreto N° 199/03 de 22 de mayo de 2003 y el Decreto N° 536/03 de 17 de diciembre de 2003;

RESUL TANDO: I) que las referidas normas aprueban el denominado "Estudio Geológico Minero del Depósito de Arenas Negras del Departamento de Rocha" y se reglamenta el procedimiento para la realización de actividad minera en la zona;

II) que la sociedad anónima encargada del desarrollo de la actividad minera quedó constituida el 17 de junio de 2003, disponiendo de un plazo de 180 (ciento ochenta) días a partir de esa fecha para la enajenación mediante oferta pública al mejor postor la totalidad de sus actuaciones, plazo que fuera prorrogado en primera instancia hasta el 17 de febrero de 2004 y por Decreto No 79/2004 de 3 de marzo de 2004 hasta el 17 de agosto de 2004; CONSIDERANDO: que la Corporación Nacional para el Desarrollo entiende pertinente una nueva prórroga hasta el 30 de setiembre de 2004;

ATENTO: a lo expuesto:

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

DECRETA:

Artículo 1°.- Prorrógase el plazo establecido en el Artículo 1° del Decreto N° 536/03 de 17 de diciembre de 2003 hasta el 30 de setiembre de 2004.

Artículo 2°.- Comuníquese, publíquese, etc.