| 
    
    
    
     23/09/04    
    
    
    22/09/04 – MODIFICACIONES DE LOS TRAMOS HORARIOS EN LAS
    TARIFAS DE UTE 
      
    VISTO:  el decreto N°
    382/004, de 15 de setiembre de 2004, por el cual se adelanta la hora
    oficial, pasando del huso horario (-3) al huso horario (-2);
    CONSIDERANDO: que de los
    asesoramientos recabados surge que procede aprobar en el pliego tarifario de
    UTE, una nueva definición de los tramos horarios de las tarifas en forma
    transitoria, mientras este vigente la nueva hora oficial que regirá entre
    el 19 de setiembre de 2004 y el domingo 13 de marzo de 2005; 
    
    ATENTO: a lo expuesto; 
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA 
    DECRETA: 
    Artículo 1°.- Apruébanse las modificaciones de los
    tramos horarios de las tarifas de UTE en forma transitoria, mientras este
    vigente la nueva hora oficial: entre el 19 de setiembre de 2004 y el domingo
    13 de marzo de 2005, según el siguiente detalle: a) Tarifas Doble Horario: 
    
      Horas de punta: de las 18:00 a las 24:00 hs. 
      Horas fuera de punta: de las 0:00 a las 18:00 hs. 
      b) Tarifas Triple Horario 
      Horas de punta: de las 19:00 a las 23:00 hs. 
      Horas de llano: de 0 a 1, de las 8 a las 19 hs y de las
      23 a las 24 hs. 
      Horas de Valle: de la 01 :00 a las 8:00 hs. 
     
    
    Artículo 2°.- Comuníquese, publíquese, etc.
      |