el artículo 87 de
la Ley 17.556 de 18 de setiembre de 2002;
RESULTANDO: que el mismo prevé la reglamentación y
puesta en práctica de un nuevo régimen de evaluación al desempeño, en
sustitución del vigente, para las evaluaciones correspondientes a los
ejercicios 2003 y siguientes;
CONSIDERANDO: I) que el proyecto elevado a
consideración del Poder Ejecutivo se encuentra a estudio de los Jerarcas de
los Incisos involucrados;
II) que asimismo, una vez aprobada la nueva
reglamentación, resulta imprescindible la capacitación de aquellos
funcionarios a quienes se comete su aplicación;
III) que el estricto cumplimiento de las normas sobre
la carrera administrativa de los funcionarios públicos, determina la
imposibilidad de prescindir de su calificación anual;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
Artículo 1°.- Prorrógase, para el ejercicio 2003,
el régimen de evaluación al desempeño previsto en el decreto 301/996 de
31 de julio de 1996.
Artículo 2°.- Comuníquese, publíquese, etc.-