que por Decreto del
    Poder Ejecutivo N° 136/997, de 30 de abril de 1997, se aprobó la
    reformulación de la estructura organizativa presentada por la Unidad
    Ejecutora 009 "Dirección Nacional de Catastro" del Inciso 05
    "Ministerio de Economía y Finanzas".-
    
    RESULTANDO: I) que el Capítulo IV "Estructura
    de Puestos de Trabajo" del citado Decreto N° 136/997, prevé la
    creación de hasta cuatro puestos de trabajo en los cuales se designarán
    funcionarios contratados para el desempeño de funciones de Alta
    Especialización.-
    
    II) que el Capítulo V "Plan de
    Implantación" establece el financiamiento de las funciones de Alta
    Especialización y Gerencia, así como los plazos para definir los perfiles
    requeridos para su desempeño y provisión.-
    
    III) que del análisis de funcionamiento de la
    Organización se comprueba que las funciones de Alta Especialización no son
    necesarias para el cumplimiento de los cometidos sustantivos.-
    
    CONSIDERANDO: I) que corresponde efectuar las
    modificaciones correspondientes en la estructura organizativa vigente de la
    mencionada Unidad Ejecutora.-
    
    II) que el proyecto presentado ha sido analizado por
    el Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado (CEPRE), el que ha entendido
    que cumple con los objetivos de racionalización perseguidos.-
    
    III) que de acuerdo con lo informado por el Comité
    Ejecutivo para la Reforma del Estado (CEPRE), corresponde que el Poder
    Ejecutivo proceda a su aprobación.-
    
    ATENTO: a lo precedentemente expuesto.-
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    DECRETA:
    ARTÍCULO 1°.- Modifícase la estructura
    organizativa de la Unidad Ejecutora 009 "Dirección Nacional de
    Catastro" del Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas",
    aprobada por Decreto N° 136/997, de 30 de abril de 1997, de la siguiente
    manera:
    Se elimina en el Capítulo IV: Estructura de Puestos de
    Trabajo, numeral 1) Naturaleza del vínculo funcional de la dirección de
    las unidades organizativas que se indican.-
    Se prevé la creación de hasta cuatro puestos de trabajo
    en los cuales se designarán funcionarios contratados para el desempeño de
    funciones de Alta Especialización (artículo 714° y siguientes de la Ley
    N° 16.736, de 5 de enero de 1996 y Decreto Reglamentario N° 303/996, de 31
    de julio de 1996) , sujeta a la generación de las economías necesarias.-
    Las funciones de Alta Especialización que se crean
    requieren que quienes las desempeñen posean formación profesional,
    idoneidad y experiencia relevante en áreas vinculadas con los cometidos de
    la Unidad Ejecutora.-
    En el Capítulo V: Plan de Implantación, numeral 1.
    Traslado de las actividades de apoyo a la Dirección General de Secretaría
    del Ministerio de Economía y Finanzas y de las actividades correspondientes
    a la Administración de Inmuebles a la Contaduría General de la Nación.-
    Donde dice: "Las economías anuales resultantes de
    la reformulación organizativa que se aprueba podrán aplicarse al
    mejoramiento del sistema de retribución al personal de mayor
    responsabilidad y especialización, así como a las funciones de Alta
    Especialización y Gerencia, a la equiparación salarial tendiente a
    corregir iniquidades de remuneraciones existentes, a fortalecer la capacidad
    del Inciso o Unidad Ejecutora para cumplir con sus cometidos sustantivos,
    originados en contrataciones con terceros y redistribuciones de cometidos y
    personal y al pago de premios por desempeño excelente y muy bueno.".-
    Debe decir: "Las economías anuales resultantes de
    la reformulación organizativa que se aprueba podrán aplicarse al
    mejoramiento del sistema de retribución al personal de mayor
    responsabilidad y especialización, a la equiparación salarial tendiente a
    corregir iniquidades de remuneraciones existentes, a fortalecer la capacidad
    del Inciso o Unidad Ejecutora para cumplir con sus cometidos sustantivos,
    originados en contrataciones con terceros y redistribuciones de cometidos y
    personal y al pago de premios por desempeño excelente y muy bueno.".-
    Se elimina el numeral 3. Designación de los titulares en
    los puestos de trabajo (cargos, contratos de función pública o contratos
    para el desempeño de funciones de Alta Especialización) del Capitulo v:
    Plan de Implantación.-
    
    ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese la Organización para el
    Cumplimiento de Cometidos que figura en el Decreto del Poder Ejecutivo N°
    136/997, de 30 de abril de 1997, por la que se adjunta.-
    
    ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, etc..-