06/10/04   

06/09/04 - MODIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE CATASTRO

VISTO: que por Decreto del Poder Ejecutivo N° 136/997, de 30 de abril de 1997, se aprobó la reformulación de la estructura organizativa presentada por la Unidad Ejecutora 009 "Dirección Nacional de Catastro" del Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas".-

RESULTANDO: I) que el Capítulo IV "Estructura de Puestos de Trabajo" del citado Decreto N° 136/997, prevé la creación de hasta cuatro puestos de trabajo en los cuales se designarán funcionarios contratados para el desempeño de funciones de Alta Especialización.-

II) que el Capítulo V "Plan de Implantación" establece el financiamiento de las funciones de Alta Especialización y Gerencia, así como los plazos para definir los perfiles requeridos para su desempeño y provisión.-

III) que del análisis de funcionamiento de la Organización se comprueba que las funciones de Alta Especialización no son necesarias para el cumplimiento de los cometidos sustantivos.-

CONSIDERANDO: I) que corresponde efectuar las modificaciones correspondientes en la estructura organizativa vigente de la mencionada Unidad Ejecutora.-

II) que el proyecto presentado ha sido analizado por el Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado (CEPRE), el que ha entendido que cumple con los objetivos de racionalización perseguidos.-

III) que de acuerdo con lo informado por el Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado (CEPRE), corresponde que el Poder Ejecutivo proceda a su aprobación.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Modifícase la estructura organizativa de la Unidad Ejecutora 009 "Dirección Nacional de Catastro" del Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas", aprobada por Decreto N° 136/997, de 30 de abril de 1997, de la siguiente manera:

Se elimina en el Capítulo IV: Estructura de Puestos de Trabajo, numeral 1) Naturaleza del vínculo funcional de la dirección de las unidades organizativas que se indican.-

Se prevé la creación de hasta cuatro puestos de trabajo en los cuales se designarán funcionarios contratados para el desempeño de funciones de Alta Especialización (artículo 714° y siguientes de la Ley N° 16.736, de 5 de enero de 1996 y Decreto Reglamentario N° 303/996, de 31 de julio de 1996) , sujeta a la generación de las economías necesarias.-

Las funciones de Alta Especialización que se crean requieren que quienes las desempeñen posean formación profesional, idoneidad y experiencia relevante en áreas vinculadas con los cometidos de la Unidad Ejecutora.-

En el Capítulo V: Plan de Implantación, numeral 1. Traslado de las actividades de apoyo a la Dirección General de Secretaría del Ministerio de Economía y Finanzas y de las actividades correspondientes a la Administración de Inmuebles a la Contaduría General de la Nación.-

Donde dice: "Las economías anuales resultantes de la reformulación organizativa que se aprueba podrán aplicarse al mejoramiento del sistema de retribución al personal de mayor responsabilidad y especialización, así como a las funciones de Alta Especialización y Gerencia, a la equiparación salarial tendiente a corregir iniquidades de remuneraciones existentes, a fortalecer la capacidad del Inciso o Unidad Ejecutora para cumplir con sus cometidos sustantivos, originados en contrataciones con terceros y redistribuciones de cometidos y personal y al pago de premios por desempeño excelente y muy bueno.".-

Debe decir: "Las economías anuales resultantes de la reformulación organizativa que se aprueba podrán aplicarse al mejoramiento del sistema de retribución al personal de mayor responsabilidad y especialización, a la equiparación salarial tendiente a corregir iniquidades de remuneraciones existentes, a fortalecer la capacidad del Inciso o Unidad Ejecutora para cumplir con sus cometidos sustantivos, originados en contrataciones con terceros y redistribuciones de cometidos y personal y al pago de premios por desempeño excelente y muy bueno.".-

Se elimina el numeral 3. Designación de los titulares en los puestos de trabajo (cargos, contratos de función pública o contratos para el desempeño de funciones de Alta Especialización) del Capitulo v: Plan de Implantación.-

ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese la Organización para el Cumplimiento de Cometidos que figura en el Decreto del Poder Ejecutivo N° 136/997, de 30 de abril de 1997, por la que se adjunta.-

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, etc..-