18/10/04
    
    
    18/10/04 – SE PRORROGA HASTA EL 30 DE JUNIO DE 2005 EL
    RÉGIMEN DE DEVOLUCIÓN DE TRIBUTOS A LAS EXPORTACIONES.
    
    VISTO: el Decreto N° 558/994, de 21 de diciembre de
    1994, por el que se establece un régimen de devolución de tributos a las
    exportaciones. 
    CONSIDERANDO: necesario prorrogar la vigencia del
    referido régimen.
    
    ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en la Ley
    N° 16.492, de 2 de junio de 1994.
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
    D E C R E T A:
    ARTÍCULO 1º.- Prorrógase hasta el 30 de junio de
    2005, el régimen establecido en los artículos 2º, 3º y 6º del Decreto
    N° 558/994, de 21 de diciembre de 1994, y las devoluciones de tributos
    fijadas a su amparo.
    
    ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, etc.