18/10/04
18/10/04 – SE PRORROGA HASTA EL 30 DE JUNIO DE 2005 EL
RÉGIMEN DE DEVOLUCIÓN DE TRIBUTOS A LAS EXPORTACIONES.
VISTO: el Decreto N° 558/994, de 21 de diciembre de
1994, por el que se establece un régimen de devolución de tributos a las
exportaciones.
CONSIDERANDO: necesario prorrogar la vigencia del
referido régimen.
ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en la Ley
N° 16.492, de 2 de junio de 1994.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- Prorrógase hasta el 30 de junio de
2005, el régimen establecido en los artículos 2º, 3º y 6º del Decreto
N° 558/994, de 21 de diciembre de 1994, y las devoluciones de tributos
fijadas a su amparo.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, etc.