18/10/04

18/10/04 – SE PRORROGA HASTA EL 30 DE JUNIO DE 2005 EL RÉGIMEN DE DEVOLUCIÓN DE TRIBUTOS A LAS EXPORTACIONES.

VISTO: el Decreto N° 558/994, de 21 de diciembre de 1994, por el que se establece un régimen de devolución de tributos a las exportaciones. 

CONSIDERANDO: necesario prorrogar la vigencia del referido régimen.

ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en la Ley N° 16.492, de 2 de junio de 1994.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

D E C R E T A:

ARTÍCULO 1º.- Prorrógase hasta el 30 de junio de 2005, el régimen establecido en los artículos 2º, 3º y 6º del Decreto N° 558/994, de 21 de diciembre de 1994, y las devoluciones de tributos fijadas a su amparo.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, etc.