11/11/04   

09/11/04 – SE AUTORIZA A CONECTA S.A. EL AJUSTE EN SUS TARIFAS A REGIR A PARTIR DEL 1°/10/2004, POR SUMINISTRO DE GAS NATURAL EN EL SUR DEL PAÍS Y EN LA CIUDAD DE PAYSANDÚ, Y DISTRIBUCIÓN DE GAS PROPANO POR REDES EN LA CIUDAD DE LA COSTA.
 

VISTO: la solicitud de la firma CONECTA S.A., tendiente a que se le autorice el ajuste de las tarifas por el suministro de gas natural en el sur del país y en la Ciudad de Paysandú, y distribución de gas propano por redes en la Ciudad de la Costa, a regir desde el 1° de octubre de 2004, según planillas glosadas a fs. 39, 40 y 41 respectivamente de autos.

RESULTANDO: que los precios son los que derivan de las variaciones en los componentes de costos operados (valor agregado de distribución y otros componentes).

CONSIDERANDO: I) que la Dirección Nacional de Energía y Tecnología Nuclear no ha opuesto reparos al monto de las mismas.

II) que las actualizaciones tarifarias fueron analizadas por la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua, y ésta manifiesta que no tiene observaciones que formular.

III) que el petitorio tiene su fuente en el Art. 9° y Anexo IV del Contrato de Concesión que celebrara con el Estado el 22 de diciembre de 1999, y el Art. 4° de la modificativa de dicho contrato de fecha 20 de noviembre de 2002.

ATENTO: a lo expuesto y lo previsto por el art. 51 de la Constitución de la República

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

D E C R E T A:

Artículo 1°.- Autorízase a la firma CONECTA S.A. el ajuste en sus tarifas a regir a partir del 1° de octubre de 2004, por el suministro de gas natural en el sur del país y en la Ciudad de Paysandú, y distribución de gas propano por redes en la Ciudad de la Costa conforme a los Cuadros de Tarifas Máximas que se describen en Anexos I, II y III, que forman parte del presente decreto. Artículo 2°.- Comuníquese, publíquese, etc.