17/12/04

17/12/04 - SE DISPONE PAGO DE MEDIO AGUINALDO A FUNCIONARIOS PÚBLICOS

VISTO: el Decreto-Ley N° 14.360, de 17 de abril de 1975, por el que se determina la uniformidad del sueldo anual complementario.-

CONSIDERANDO: I) que por el artículo 2° de dicho Decreto-Ley, se faculta al Poder Ejecutivo a abonar en dos veces éste beneficio.-

II) que por Decreto N° 194/004, de 10 de junio de 2004, se dispuso hacer uso de la facultad atribuida por la norma legal citada.-

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en el Decreto-Ley N° 14.360, de 17 de abril de 1975 y el articulo 4° del Decreto-Ley N° 14.985, de 28 de diciembre de 1979.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

actuando en Consejo de Ministros,

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Dispónese que los funcionarios públicos de los Incisos 02 al 27 del Presupuesto Nacional de Sueldos, Gastos e Inversiones, percibirán a partir del 20 de diciembre de 2004, una suma equivalente a la doceava parte del total de las retribuciones sujetas a montepío percibidas por cualquier concepto, en el periodo comprendido entre el 1° de junio al 30 de noviembre de 2004.-

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, etc.-