30/12/04

30/12/04 – SE MODIFICA NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR Y SU CORRESPONDIENTE ARANCEL EXTERNO COMÚN VIGENTES, DE CONFORMIDAD CON LOS TRES ANEXOS QUE FORMAN PARTE DEL PRESENTE DECRETO.
 

VISTO: el Decreto N° 527/001, de 31 de diciembre de 2001, que incorporó al ordenamiento jurídico nacional la Nomenclatura Común del Mercosur y su correspondiente Arancel Externo Común.-

RESULTANDO: que el Grupo Mercado Común, en ejercicio de la facultad delegada por el Consejo Mercado Común, dictó las Resoluciones N° 5/04, 11/04, 14/04, 18/04, 19/04, 20/04, 29/04, 30/04 y 31/04.

CONSIDERANDO: que corresponde, en consecuencia, recoger las modificaciones resultantes de las referidas Resoluciones del Grupo Mercado Común, en cumplimiento de los compromisos asumidos por el país en la materia.-

ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en los artículos 2° de la Ley N° 12.670, de 17 de diciembre de 1959 y 4° del Decreto-Ley N° 14.629, de 5 de enero de 1977.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

D E C R E T A:

ARTICULO 1º.- Modifícase la Nomenclatura Común del Mercosur y su correspondiente Arancel Externo Común vigentes, de conformidad con los tres anexos que forman parte del presente Decreto.

ARTICULO 2°.- Las modificaciones establecidas en el artículo 1º regirán a partir del 1° de enero de 2005.-

ARTICULO 3°.- Dése cuenta a la Asamblea General.-

ARTICULO 4º.- Comuníquese, publíquese, etc.-