20/01/05
19/01/05 – CONCÉDESE NUEVO PLAZO PARA ADECUAR MARCAS
SONORAS AL DECRETO 146/001
VISTO: la presente gestión promovida por la
Dirección Nacional de la Propiedad Industrial;
RESULTANDO: I) que por la misma solícita prorrogar
el plazo perentorio e improrrogable que el art. 12 del Decreto 146/001 de 3
de mayo de 2001 otorga a los titulares de registros de marcas sonoras en
trámite, para su adecuación;
II) que ello responde a que el plazo de sesenta días
establecido por la norma ha sido de imposible cumplimiento por causas no
imputables a los administrados;
CONSIDERANDO: que nada impide desde el punto de vista
jurídico proceder en la forma sugerida, en función de lo señalado;
ATENTO: a 10 expuesto, y lo previsto por la ley
17.011 de 25 de setiembre de 1998 y Decreto 34/99 de 3 de febrero de 1999
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1°.- Concédese a los titulares de
solicitudes de registro de marcas sonoras en trámite un nuevo plazo
perentorio e improrrogable de sesenta días a partir de la vigencia de este
decreto para adecuarlas al Decreto 146/001 de 3 de mayo de 2001, bajo
apercibimiento de tenerlos por desistidos
Artículo 2°. -Comuníquese, etc.