20/01/05
    
    
    19/01/05 – CONCÉDESE NUEVO PLAZO PARA ADECUAR MARCAS
    SONORAS AL DECRETO 146/001
    VISTO: la presente gestión promovida por la
    Dirección Nacional de la Propiedad Industrial;
    
    RESULTANDO: I) que por la misma solícita prorrogar
    el plazo perentorio e improrrogable que el art. 12 del Decreto 146/001 de 3
    de mayo de 2001 otorga a los titulares de registros de marcas sonoras en
    trámite, para su adecuación;
    II) que ello responde a que el plazo de sesenta días
    establecido por la norma ha sido de imposible cumplimiento por causas no
    imputables a los administrados;
    
    CONSIDERANDO: que nada impide desde el punto de vista
    jurídico proceder en la forma sugerida, en función de lo señalado;
    
    ATENTO: a 10 expuesto, y lo previsto por la ley
    17.011 de 25 de setiembre de 1998 y Decreto 34/99 de 3 de febrero de 1999
    
    EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
    DECRETA:
    Artículo 1°.- Concédese a los titulares de
    solicitudes de registro de marcas sonoras en trámite un nuevo plazo
    perentorio e improrrogable de sesenta días a partir de la vigencia de este
    decreto para adecuarlas al Decreto 146/001 de 3 de mayo de 2001, bajo
    apercibimiento de tenerlos por desistidos
    
    Artículo 2°. -Comuníquese, etc.