03/02/05
02/02/05 – EXCLUYESE DEL LISTADO DE BIENES DECLARADOS
PRESCINDIBLES AL PADRÓN 3704 DE LA CIUDAD DE DURAZNO
VISTO: que en aplicación de lo establecido en los
artículos 732 a 736 de la Ley N° 16.736 de 5 de enero de 1996, el Decreto N°
372/003 de 10 de setiembre de 2003, declaró prescindible para el
desenvolvimiento de los cometidos sustanciales a cargo del Poder Ejecutivo
el inmueble padrón 3704 de la ciudad de Durazno y dispuso su inclusión en el
anexo del Decreto 65/002 de 8 de febrero de 2002.
RESULTANDO: que actualmente se proyecta asignar
destino al inmueble
CONSIDERANDO: que a tal fin corresponde excluirlo del
anexo del Decreto 65/002
ATENTO: a lo expuesto
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Exclúyese del listado de bienes declarados
prescindibles anexo al Decreto 65/002 de 8 de febrero de 2002, el inmueble
ubicado en la localidad catastral Durazno del departamento de Durazno,
padrón 3704.
ARTICULO 2°.- Dése cuenta a la Asamblea General.
ARTICULO 3°.- Comuníquese a la Comisión Ejecutiva para la
Enajenación de Inmuebles y Vehículos del Estado, y Publíquese.