03/02/05

02/02/05 – EXCLUYESE DEL LISTADO DE BIENES DECLARADOS PRESCINDIBLES AL PADRÓN 3704 DE LA CIUDAD DE DURAZNO
 

VISTO: que en aplicación de lo establecido en los artículos 732 a 736 de la Ley N° 16.736 de 5 de enero de 1996, el Decreto N° 372/003 de 10 de setiembre de 2003, declaró prescindible para el desenvolvimiento de los cometidos sustanciales a cargo del Poder Ejecutivo el inmueble padrón 3704 de la ciudad de Durazno y dispuso su inclusión en el anexo del Decreto 65/002 de 8 de febrero de 2002.

RESULTANDO: que actualmente se proyecta asignar destino al inmueble

CONSIDERANDO: que a tal fin corresponde excluirlo del anexo del Decreto 65/002

ATENTO: a lo expuesto

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

actuando en Consejo de Ministros

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Exclúyese del listado de bienes declarados prescindibles anexo al Decreto 65/002 de 8 de febrero de 2002, el inmueble ubicado en la localidad catastral Durazno del departamento de Durazno, padrón 3704.

ARTICULO 2°.- Dése cuenta a la Asamblea General.

ARTICULO 3°.- Comuníquese a la Comisión Ejecutiva para la Enajenación de Inmuebles y Vehículos del Estado, y Publíquese.