18/02/05
17/02/05 – SE MODIFICA ART. 1º DEL DECRETO Nº 139/993,
RESPECTO DE LA U.E. 021: DIRECCIÓN GENERAL DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL DE
LAS PERSONAS.
VISTO: Lo dispuesto por los artículos 419 y 420 de la
Ley N° 15.809 del 8 de abril de 1986 respecto de la equiparación de las
dotaciones presupuestales, sueldos y demás beneficios del personal técnico,
administrativo y de servicio de la Dirección General del Registro del Estado
Civil con los que las leyes acuerdan al Poder Judicial;
RESULTANDO: I) Que el mencionado artículo 420
equipara el cargo de Sub-Jefe de Departamento Ab E1 a Alguacil II Ab E1 y
Especialista I Inspector u Oficial del Estado Civil Ac C12 a Alguacil II Ab
E1;
II) Que con fecha 19 de marzo de 1993 se dictó el
Decreto Nº 139/993 que regula el régimen de equiparación de los cargos en
las distintas Unidades Ejecutoras entre las que se encuentra la Dirección
General del Registro del Estado Civil -Unidad Ejecutora 021 - disponiendo el
artículo 1° que el cargo de Jefe I, Escalafón C, Grado 08 de dicha Unidad se
equipara al de Jefe de Sección, Escalafón V, Grado 10 (más 5% )del Poder
Judicial. CONSIDERANDO: I) Que a la fecha de la Ley N° 15.809 el
cargo del hoy denominado Jefe I de la Unidad Ejecutora 021 se correspondía
con el de Sub-Jefe de Departamento Ab E1, equiparado por dicha Ley a
Alguacil II Ab del Poder Judicial;
II) Que el Decreto. N° 139/993 modificó las
mencionadas equiparaciones, contraviniendo de esta forma una norma de rango
legal en la misma materia;
III) Que, tal como dictamina el Sr. Fiscal de
Gobierno de 2° Turno, no cabe en la especie la aplicación de lo dispuesto
por los artículos 31, 32 y 50 de la Ley N° 15.809 como fundamento de un
tratamiento diferente en las referidas equiparaciones puesto que las mismas
son normas generales para toda la Administración Central, las cuales ceden
ante las normas específicas;
IV) Que por consiguiente corresponde que el Poder
Ejecutivo modifique el acto administrativo ilegal, disponiendo la
equiparación del cargo de Sub-Jefe de Departamento Ab E1, hoy denominando
Jefe I, Escalafón C, Grado 08 en la Unidad Ejecutora 021 - conforme a lo
estipulado por el Decreto N° 139/993 -con el cargo del Poder Judicial:
Oficial Alguacil V 10.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto, a lo informado
por la Asesoría Letrada del Ministerio de Educación y Cultura ya lo
dictaminado por el Sr. Fiscal de Gobierno de 2° Turno y a lo dispuesto por
los artículos 419 y 420 de la Ley N° 15.809 del 8 de abril de 1986, lo del
Decreto N° 139/993 y 168, numeral 4º de la Constitución de la República.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA
ARTÌCULO 1º.- MODIFÍCASE el artículo1º del
decreto Nº 139/993 de fecha 19 de marzo de 1993 respecto de la Unidad
Ejecutora 021: Dirección General del Registro del Estado Civil de las
Personas, en el sentido que, donde dice: " Jefe IC 08-Jefe de Sección V10
(más 5%)", debe decir: "Jefe I C 08-Oficial Alguacil V 10.
ARTICULO 2°.- COMUNÍQUESE, publíquese y archívese.