18/02/05

17/02/05 – SE MODIFICA ART. 1º DEL DECRETO Nº 139/993, RESPECTO DE LA U.E. 021: DIRECCIÓN GENERAL DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL DE LAS PERSONAS.
 

VISTO: Lo dispuesto por los artículos 419 y 420 de la Ley N° 15.809 del 8 de abril de 1986 respecto de la equiparación de las dotaciones presupuestales, sueldos y demás beneficios del personal técnico, administrativo y de servicio de la Dirección General del Registro del Estado Civil con los que las leyes acuerdan al Poder Judicial;

RESULTANDO: I) Que el mencionado artículo 420 equipara el cargo de Sub-Jefe de Departamento Ab E1 a Alguacil II Ab E1 y Especialista I Inspector u Oficial del Estado Civil Ac C12 a Alguacil II Ab E1;

II) Que con fecha 19 de marzo de 1993 se dictó el Decreto Nº 139/993 que regula el régimen de equiparación de los cargos en las distintas Unidades Ejecutoras entre las que se encuentra la Dirección General del Registro del Estado Civil -Unidad Ejecutora 021 - disponiendo el artículo 1° que el cargo de Jefe I, Escalafón C, Grado 08 de dicha Unidad se equipara al de Jefe de Sección, Escalafón V, Grado 10 (más 5% )del Poder Judicial. CONSIDERANDO: I) Que a la fecha de la Ley N° 15.809 el cargo del hoy denominado Jefe I de la Unidad Ejecutora 021 se correspondía con el de Sub-Jefe de Departamento Ab E1, equiparado por dicha Ley a Alguacil II Ab del Poder Judicial;

II) Que el Decreto. N° 139/993 modificó las mencionadas equiparaciones, contraviniendo de esta forma una norma de rango legal en la misma materia;

III) Que, tal como dictamina el Sr. Fiscal de Gobierno de 2° Turno, no cabe en la especie la aplicación de lo dispuesto por los artículos 31, 32 y 50 de la Ley N° 15.809 como fundamento de un tratamiento diferente en las referidas equiparaciones puesto que las mismas son normas generales para toda la Administración Central, las cuales ceden ante las normas específicas;

IV) Que por consiguiente corresponde que el Poder Ejecutivo modifique el acto administrativo ilegal, disponiendo la equiparación del cargo de Sub-Jefe de Departamento Ab E1, hoy denominando Jefe I, Escalafón C, Grado 08 en la Unidad Ejecutora 021 - conforme a lo estipulado por el Decreto N° 139/993 -con el cargo del Poder Judicial: Oficial Alguacil V 10.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Asesoría Letrada del Ministerio de Educación y Cultura ya lo dictaminado por el Sr. Fiscal de Gobierno de 2° Turno y a lo dispuesto por los artículos 419 y 420 de la Ley N° 15.809 del 8 de abril de 1986, lo del Decreto N° 139/993 y 168, numeral 4º de la Constitución de la República.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

DECRETA

ARTÌCULO 1º.- MODIFÍCASE el artículo1º del decreto Nº 139/993 de fecha 19 de marzo de 1993 respecto de la Unidad Ejecutora 021: Dirección General del Registro del Estado Civil de las Personas, en el sentido que, donde dice: " Jefe IC 08-Jefe de Sección V10 (más 5%)", debe decir: "Jefe I C 08-Oficial Alguacil V 10.

ARTICULO 2°.- COMUNÍQUESE, publíquese y archívese.