20/06/02
18/06/02
- SUSPENSIÓN DE ENTRADA EN VIGENCIA DEL CÓDIGO DEL PROCESO PENAL - LEY Nº 17.506
Sr.
Presidente de la Asamblea General
El
Poder Ejecutivo tiene el honor de acusar recibo del Proyecto de Ley
sancionado por ese Cuerpo, por el que se suspende la entrada en vigencia
del Código del Proceso Penal y se crea una comisión encargada de
estudiar las modificaciones al referido Código.
En
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 143 de la Constitución de la
República, se pone en conocimiento de la Asamblea General que el Poder
Ejecutivo ha promulgado la citada ley en el día de la fecha.
Artículo
1°.- Suspéndese la aplicación del Código del Proceso Penal
aprobado por la Ley N° 16.893, de 16 de diciembre de 1997, y las
modificaciones introducidas por la Ley N° 17.221, de 31 de diciembre de
1999.
Artículo
2°.- Créase una Comisión de siete miembros, encargada de estudiar
las modificaciones al Código del Proceso Penal, cuya suspensión se
dispone en esta ley. La Comisión será designada por el Poder Ejecutivo y
deberá expedirse en el plazo de un año, contado desde la promulgación
de la presente ley.
Sala
de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 5 de junio
de 2002.
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