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       20/06/02 
        
      18/06/02
      - SUSPENSIÓN DE ENTRADA EN VIGENCIA DEL CÓDIGO DEL PROCESO PENAL - LEY Nº 17.506
      
       
      Sr.
      Presidente de la Asamblea General 
      
       
      El
      Poder Ejecutivo tiene el honor de acusar recibo del Proyecto de Ley
      sancionado por ese Cuerpo, por el que se suspende la entrada en vigencia
      del Código del Proceso Penal y se crea una comisión encargada de
      estudiar las modificaciones al referido Código. 
      
       
      En
      cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 143 de la Constitución de la
      República, se pone en conocimiento de la Asamblea General que el Poder
      Ejecutivo ha promulgado la citada ley en el día de la fecha. 
      
       
      Artículo
      1°.- Suspéndese la aplicación del Código del Proceso Penal
      aprobado por la Ley N° 16.893, de 16 de diciembre de 1997, y las
      modificaciones introducidas por la Ley N° 17.221, de 31 de diciembre de
      1999. 
      
       
      Artículo
      2°.- Créase una Comisión de siete miembros, encargada de estudiar
      las modificaciones al Código del Proceso Penal, cuya suspensión se
      dispone en esta ley. La Comisión será designada por el Poder Ejecutivo y
      deberá expedirse en el plazo de un año, contado desde la promulgación
      de la presente ley. 
      
       
      Sala
      de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 5 de junio
      de 2002. 
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