20/06/02

 

18/06/02 - SUSPENSIÓN DE ENTRADA EN VIGENCIA DEL CÓDIGO DEL PROCESO PENAL - LEY Nº 17.506

Sr. Presidente de la Asamblea General

El Poder Ejecutivo tiene el honor de acusar recibo del Proyecto de Ley sancionado por ese Cuerpo, por el que se suspende la entrada en vigencia del Código del Proceso Penal y se crea una comisión encargada de estudiar las modificaciones al referido Código.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 143 de la Constitución de la República, se pone en conocimiento de la Asamblea General que el Poder Ejecutivo ha promulgado la citada ley en el día de la fecha.

Artículo 1°.- Suspéndese la aplicación del Código del Proceso Penal aprobado por la Ley N° 16.893, de 16 de diciembre de 1997, y las modificaciones introducidas por la Ley N° 17.221, de 31 de diciembre de 1999.

Artículo 2°.- Créase una Comisión de siete miembros, encargada de estudiar las modificaciones al Código del Proceso Penal, cuya suspensión se dispone en esta ley. La Comisión será designada por el Poder Ejecutivo y deberá expedirse en el plazo de un año, contado desde la promulgación de la presente ley.

Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 5 de junio de 2002.