12/09/02
11/09/02
– SE EXTIENDE PLAZO DEL SEGURO POR DESEMPLEO A TRABAJADORES DE LAS
EMPRESAS HISUD S.A. Y FIBRATEX S.A., LEY Nº 17.553.
Sr.
Presidente de la Asamblea General
El
Poder Ejecutivo tiene el honor de acusar recibo del Proyecto de Ley
sancionado por ese Cuerpo, por el que se faculta al Ministerio de Trabajo
y Seguridad Social a extender, por un plazo de hasta 120 días, la
cobertura que brinda el seguro por desempleo a los trabajadores de las
empresas Hisud Sociedad Anónima y Fibratex Sociedad Anónima.
En
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 143 de la Constitución de la
República, se pone en conocimiento de la Asamblea General que el Poder
Ejecutivo ha promulgado la citada ley en el día de la fecha.
Saluda
al señor Presidente con su mayor consideración.
Artículo
1°.- Facúltase al
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender, hasta por un plazo de
120 (ciento veinte) días, la cobertura del Seguro por Desempleo de los
trabajadores de las empresas Hisud Sociedad Anónima y Fibratex Sociedad
Anónima, afectados por la situación de las referidas empresas, en los
términos y condiciones que establezca la reglamentación, pudiendo dejar
sin efecto los beneficios que se concedan en tanto se revierta la
situación de dichas empresas.
Artículo
2°.- La ampliación
del plazo de la prestación de desempleo que sea otorgada en virtud de las
facultades que se conceden en el artículo anterior, alcanzará a todos
los trabajadores que hayan agotado el plazo máximo de cobertura
(artículos 7° y 10 del Decreto-Ley N° 15.180, de 20 de agosto de 1981),
así como aquéllos que aún continúen en el goce del referido beneficio.
La ampliación del plazo de la prestación comenzará a regir a partir del
mes inmediato posterior al
cese respectivo del subsidio en todos los casos.
Sala
de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 28 de agosto
de 2002.
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