12/09/02

11/09/02 – SE EXTIENDE PLAZO DEL SEGURO POR DESEMPLEO A TRABAJADORES DE LAS EMPRESAS HISUD S.A. Y FIBRATEX S.A., LEY Nº 17.553.

Sr. Presidente de la Asamblea General

El Poder Ejecutivo tiene el honor de acusar recibo del Proyecto de Ley sancionado por ese Cuerpo, por el que se faculta al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender, por un plazo de hasta 120 días, la cobertura que brinda el seguro por desempleo a los trabajadores de las empresas Hisud Sociedad Anónima y Fibratex Sociedad Anónima.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 143 de la Constitución de la República, se pone en conocimiento de la Asamblea General que el Poder Ejecutivo ha promulgado la citada ley en el día de la fecha.

Saluda al señor Presidente con su mayor consideración.

Artículo 1°.- Facúltase al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender, hasta por un plazo de 120 (ciento veinte) días, la cobertura del Seguro por Desempleo de los trabajadores de las empresas Hisud Sociedad Anónima y Fibratex Sociedad Anónima, afectados por la situación de las referidas empresas, en los términos y condiciones que establezca la reglamentación, pudiendo dejar sin efecto los beneficios que se concedan en tanto se revierta la situación de dichas empresas.

Artículo 2°.- La ampliación del plazo de la prestación de desempleo que sea otorgada en virtud de las facultades que se conceden en el artículo anterior, alcanzará a todos los trabajadores que hayan agotado el plazo máximo de cobertura (artículos 7° y 10 del Decreto-Ley N° 15.180, de 20 de agosto de 1981), así como aquéllos que aún continúen en el goce del referido beneficio. La ampliación del plazo de la prestación comenzará a regir a partir del mes  inmediato posterior al cese respectivo del subsidio en todos los casos.

Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 28 de agosto de 2002.