25/09/02

25/09/02 – SE CREA UN ADICIONAL AL IMPUESTO A LAS REMUNERACIONES DE LOS LEGISLADORES PARA SER DESTINADO AL INAME. LEY N° 17.558

Artículo 1°.- Créase un adicional al impuesto establecido por el artículo 25 del Deceto-Ley N° 15.294, de 23 de junio de 1982, equivalente al reajuste del monto líquido de las remuneraciones de los Legisladores Nacionales, correspondiente al mes de setiembre de 2002 y que gravará exclusivamente a dichas remuneraciones .

Artículo 2°.- El monto del adicional anterior será destinado exclusivamente como refuerzo de los rubros de gastos del Instituto Nacional del Menor (INAME) relativos a convenios con asociaciones civiles.

Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 18 de setiembre de 2002.