25/09/02
25/09/02 – SE CREA UN ADICIONAL AL IMPUESTO A
LAS REMUNERACIONES DE LOS LEGISLADORES PARA SER DESTINADO AL INAME. LEY
N° 17.558
Artículo 1°.- Créase
un adicional al impuesto establecido por el artículo 25 del Deceto-Ley
N° 15.294, de 23 de junio de 1982, equivalente al reajuste del monto
líquido de las remuneraciones de los Legisladores Nacionales,
correspondiente al mes de setiembre de 2002 y que gravará exclusivamente
a dichas remuneraciones .
Artículo
2°.- El monto del
adicional anterior será destinado exclusivamente como refuerzo de
los rubros de gastos del Instituto Nacional del Menor (INAME) relativos a
convenios con asociaciones civiles.
Sala
de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 18 de
setiembre de 2002.
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