09/01/04

08/01/04 – AUTORIZACIÓN AL B.C.U. A ACUÑAR MONEDAS CONMEMORATIVAS DEL CENTENARIO DE LA FIFA. LEY N° 17.739

Artículo 1°.- Autorízase al Banco Central del Uruguaya proceder a la acuñación de las monedas que integrarán el Programa Oficial de Monedas Conmemorativas del Centenario de la FIFA 2004 y el Programa Oficial de Monedas Conmemorativas de la Copa del Mundo FIFA Alemania 2006, hasta las cantidades y con las características que se determinan en los artículos siguientes, facultándose a prescindir del requisito de la licitación pública y proceder a la contratación directa con La Real Casa de la Moneda-Fábrica Nacional de Moneda y Timbre de España.

Artículo 2°.- La acuñación autorizada se efectuará por las siguientes cantidades, peso, valor y denominación que en cada caso, se expresará :

A. -Monedas de plata.

Hasta 25.000 piezas para el Programa Oficial de Monedas Conmemorativas del Centenario de la FIFA 2004 y hasta 50.000' piezas el Programa Oficial de Monedas Conmemorativas de la Copa del Mundo FIFA Alemania 2006, peso 27 gramos, diámetro 40 mm, plata 925/1000 y cuyo valor facial será $ 1.000 (pesos uruguayos mil).

B.- Monedas de oro.

Hasta 10.000 piezas para el Programa Oficial de Monedas Conmemorativas del Centenario de la FIFA 2004 y hasta 25.000 piezas para el Programa Oficial de Monedas Conmemorativas de la Copa del Mundo FIFA Alemania 2006, peso 6,75 gramos, diámetro 23 mm, oro 925/1000 y cuyo valor facial será $ 5.000 (pesos uruguayos cinco mil).

Artículo 3°.- Las piezas de plata y oro tendrán pleno poder cancelatorio para toda clase de obligaciones públicas y privadas, sin límite de monto.

Artículo 4°.- El Banco Central del Uruguay determinará los elementos ornamentales de las monedas, que aludirán al deporte del fútbol.

Artículo 5°.- La tolerancia en peso para las monedas de plata es de 15 y para las de oro de 0,77 gramos por cada cien monedas, en más o en menos.

Artículo 6°.- Facúltase al Banco Central del Uruguay a vender al exterior las monedas que se autorizan por la presente ley, disponer su desmonetización, así como enajenar las piezas desmonetizadas.