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    20/08/04 – EXONERACIONES TRIBUTARIAS PARA LA
    DISTRIBUCIÓN Y EXHIBICIÓN DE PELÍCULAS CINEMATOGRÁFICAS. LEY N° 17.802
    Artículo Único.- Interprétase que lo dispuesto por
    el articulo 762 de la Ley N° 16.736, de 5 de enero de 1996, otorga al Poder
    Ejecutivo la facultad de ampliar las exoneraciones establecidas por el
    artículo 129 de la Ley N° 13.695, de 24 de octubre de 1968, incluyendo a
    la distribución y exhibición -de películas cinematográficas, con
    excepción de las películas denominadas pornográficas, en la exoneración
    tributaria prevista en el articulo 134 de la Ley N° 12.802, de 30 de
    noviembre de 1960.-