31/12/04 
    
    30/12/04 – MODIFICASE LITERAL C) DEL ARTÍCULO 22 DE LEY 
    N° 16.713 – LEY N° 17.859
     
    ARTICULO UNICO.- Modificase el literal C) del 
    artículo 22 de la Ley N° 16.713, de 3 setiembre de 1995, por el siguiente:
    "C) Que se haya verificado el cese del cobro de las 
    retribuciones de actividad en la que se produjo la causal del subsidio 
    transitorio y durante el período de percepción del mismo".