31/12/04
30/12/04 – MODIFICASE LITERAL C) DEL ARTÍCULO 22 DE LEY
N° 16.713 – LEY N° 17.859
ARTICULO UNICO.- Modificase el literal C) del
artículo 22 de la Ley N° 16.713, de 3 setiembre de 1995, por el siguiente:
"C) Que se haya verificado el cese del cobro de las
retribuciones de actividad en la que se produjo la causal del subsidio
transitorio y durante el período de percepción del mismo".