27/04/2000
MSP-CRITERIO PARA CONTRATAR FUNCIONARIOS
El Presidente de la República en acuerdo con el Ministro de Salud
Pública firmó un decreto por el cual se establecen los criterios para la contratación
de funcionarios, se eliminan los convenios laborales en forma directa y fija para ello el
criterio del sorteo público.
El decreto de referencia establece que los jerarcas de Administración
del Subsidio para la Atención Médica, Administración de la Red de Establecimientos de
Agudos de Montevideo y del Interior; Administración de Establecimientos de Crónicos y
Especializados y dependientes de la Administración de los Servicios de Salud del Estado
(ASSE) deberán elevar un informe detallado de las necesidades que cada repartición tiene
de llenar una vacante a la vez que deberán organizar un Registro de aspirantes a ser
contratados para desempeñar las funciones de Licenciado en Enfermería, Técnico no
médico, Auxiliar de Enfermería, Auxiliar de Registros Médicos, Auxiliar Contable y
Auxiliar de Servicio.
Se establece que los aspirantes podrán presentar su postulación ante
la Unidad Ejecutora o Sede Administrativa que se establezca entre el 1º de enero y hasta
el último día hábil del mes de febrero de cada año, fecha en que caducarán las
inscripciones en el registro anterior y cobrarán vigencia las nuevas inscripciones. Los
interesados, para inscribirse en el mencionado registro, deberán acompañar la
documentación que se requiera, completando los formularios correspondientes, a fin de
acreditar su idoneidad objetivo. La inscripción, se señala, no confiere al interesado
otros derechos que el de participar en el sorteo que procederá la contratación.
Dentro del plazo de 30 días siguientes al cierre de inscripción y
previa fijación del día y hora, se realizará un sorteo abierto entre los candidatos
habilitados, con participación preceptiva de escribano Público, quien luego del acto
proclamará, ordenadamente, a los aspirantes sorteados hasta el número que se determine
en cada caso.
Previo al proceso de contratación los Directores de las Unidades
Ejecutoras elevarán al Director del Programa respectivo, un informe fundado que
justifique la afectación de la normalidad del Servicio por la producción de vacancia,
con descripción y perfil de la función a cubrir, estándose a lo que decida de la
Dirección General de la Administración de los Servicios de Salud del Estado en cada
caso.
Los candidatos sorteados podrán cubrir en el plazo que va desde la
fecha del sorteo y hasta los 12 meses siguientes, vacantes de similar perfil, que
requieran los mismos requisitos y los contratos celebrados bajo esta modalidad tendrán
una vigencia máxima de 180 días, a cuyo vencimiento caducará la relación y el
contratado no podrá percibir, bajo responsabilidad funcional grave de los jerarcas
intervinientes, retribución alguna. La Contaduría de ASSE, bajo la misma
responsabilidad, tomarán los recaudos pertinentes para el fiel cumplimiento de lo
dispuesto.
A los 150 días de ejecución del Contrato, el Jerarca de la Unidad
Ejecutora, elevará al Director del Programa Respectivo, un informe fundado sobre el
comportamiento y rendimiento del o los contratados. Dicho juicio, servirá de base para la
eventual habilitación de un nuevo Acuerdo.
Finalmente se establece que la presentación de aspirantes en el presente año se
realizará entre el 1º y 30 de junio y el sorteo correpondiente, dentro de los 30 días
subsiguientes.