27/04/2000

MSP-CRITERIO PARA CONTRATAR FUNCIONARIOS

El Presidente de la República en acuerdo con el Ministro de Salud Pública firmó un decreto por el cual se establecen los criterios para la contratación de funcionarios, se eliminan los convenios laborales en forma directa y fija para ello el criterio del sorteo público.

El decreto de referencia establece que los jerarcas de Administración del Subsidio para la Atención Médica, Administración de la Red de Establecimientos de Agudos de Montevideo y del Interior; Administración de Establecimientos de Crónicos y Especializados y dependientes de la Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE) deberán elevar un informe detallado de las necesidades que cada repartición tiene de llenar una vacante a la vez que deberán organizar un Registro de aspirantes a ser contratados para desempeñar las funciones de Licenciado en Enfermería, Técnico no médico, Auxiliar de Enfermería, Auxiliar de Registros Médicos, Auxiliar Contable y Auxiliar de Servicio.

Se establece que los aspirantes podrán presentar su postulación ante la Unidad Ejecutora o Sede Administrativa que se establezca entre el 1º de enero y hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año, fecha en que caducarán las inscripciones en el registro anterior y cobrarán vigencia las nuevas inscripciones. Los interesados, para inscribirse en el mencionado registro, deberán acompañar la documentación que se requiera, completando los formularios correspondientes, a fin de acreditar su idoneidad objetivo. La inscripción, se señala, no confiere al interesado otros derechos que el de participar en el sorteo que procederá la contratación.

Dentro del plazo de 30 días siguientes al cierre de inscripción y previa fijación del día y hora, se realizará un sorteo abierto entre los candidatos habilitados, con participación preceptiva de escribano Público, quien luego del acto proclamará, ordenadamente, a los aspirantes sorteados hasta el número que se determine en cada caso.

Previo al proceso de contratación los Directores de las Unidades Ejecutoras elevarán al Director del Programa respectivo, un informe fundado que justifique la afectación de la normalidad del Servicio por la producción de vacancia, con descripción y perfil de la función a cubrir, estándose a lo que decida de la Dirección General de la Administración de los Servicios de Salud del Estado en cada caso.

Los candidatos sorteados podrán cubrir en el plazo que va desde la fecha del sorteo y hasta los 12 meses siguientes, vacantes de similar perfil, que requieran los mismos requisitos y los contratos celebrados bajo esta modalidad tendrán una vigencia máxima de 180 días, a cuyo vencimiento caducará la relación y el contratado no podrá percibir, bajo responsabilidad funcional grave de los jerarcas intervinientes, retribución alguna. La Contaduría de ASSE, bajo la misma responsabilidad, tomarán los recaudos pertinentes para el fiel cumplimiento de lo dispuesto.

A los 150 días de ejecución del Contrato, el Jerarca de la Unidad Ejecutora, elevará al Director del Programa Respectivo, un informe fundado sobre el comportamiento y rendimiento del o los contratados. Dicho juicio, servirá de base para la eventual habilitación de un nuevo Acuerdo.

Finalmente se establece que la presentación de aspirantes en el presente año se realizará entre el 1º y 30 de junio y el sorteo correpondiente, dentro de los 30 días subsiguientes.