31/08/2000
TASAS DE INTERES DE PRESTAMOS AL CONSUMO
El Banco Central del Uruguay tiene el propósito de seguir
profundizando su política de monitoreo y control de las tasas de interés
de préstamos al consumo que se realizan a través de diversas entidades
y, en particular, por las administradoras de créditos.
Con tales fines el Directorio del banco ha resuelto impulsar una mayor
transparencia y precisión en la información que dichas empresas brindan
a la población mediante las siguientes disposiciones:
- Los estados de cuenta que proporcionan las empresas emisoras de
tarjetas de crédito y demás administradoras de créditos deberán
establecer la tasa efectiva anual que se cobra por el financiamiento.
- La referida tasa efectiva anual siempre deberá ser calculada sobre
el saldo impago del crédito.
- La Superintendencia de Instituciones de Intermediación Financiera
recabará información y realizará inspecciones para verificar los
niveles de las tasas de interés que aplican dichas instituciones en
sus operaciones, a fin de que el Banco Central del Uruguay pueda dar
amplia difusión al público sobre las mismas si así lo considerara
conveniente.