24/07/2000
TRANSPORTE DE GAS NATURAL
En acuerdo con el Ministro de Industria, Energía y
Minería, el Presidente de la República dictó una resolución por la
cual se autoriza la extensión de un contrato de compromiso de los
miembros "Anexo C-5" al contrato de concesión para el Proyecto,
Construcción y Explotación de un sistema de transporte de gas natural.
La mencionada resolución establece:
VISTO: la nota presentada por British Gas Netherlands
Holdings BV operador designado y titular del 40% (cuarenta por ciento) de
las acciones de Gasoducto Cruz del Sur S.A., de conformidad con el
Contrato de Concesión para el Proyecto, Construcción y Explotación de
un Sistema de Transporte de Gas Natural por Gasoductos para el
Abastecimiento de Gas Natural proveniente de Argentina a localidades en
los departamentos de Colonia, San José, Canelones, Montevideo, y
cualquier otra localidad o extensión en o fuera del Uruguay.
RESULTANDO:
I) El Ministerio de Industria, Energía y Minería, con
la autorización del Poder Ejecutivo, otorgó con fecha 22 de marzo de
1999, el contrato de concesión referido en el Visto, con Gasoducto Cruz
del Sur S.A.-
II) el paquete accionario de Gasoducto Cruz del Sur
S.A., sociedad constituida por el consorcio adjudicatario, es propiedad de
los integrantes del consorcio, de conformidad con las disposiciones del
Pliego de Condiciones, aprobados por Resolución del Poder Ejecutivo de 3
de setiembre de 1997, para la Licitación Pública llamada para el
Proyecto, Construcción y Explotación de un sistema de Transporte de Gas
Natural por Gasoductos para el Abastecimiento de Gas Natural proveniente
de Argentina.
III) la compareciente fue Afiliada de BG plc, miembro
del Consorcio adjudicatario de la licitación y en tal calidad
oportunamente creó la Concesionaria, Gasoducto Cruz del Sur S.A.
CONSIDERANDO:
I) que las disposiciones del Contrato de Concesión, y
el "Anexo C-5", al mismo, imponen a los Miembros del Consorcio
adjudicatario la obligación de mantener directa o indirectamente, su
total participación en la Sociedad Concesionaria de acuerdo a los
porcentajes anticipados, salvo autorización fundada del Poder Ejecutivo
y, en el caso del Operador Designado, solamente cuando transfiera su
participación a Afiliadas "pertenecientes totalmente" al mismo.
II) que además es necesario que se otorgue nuevamente
el Compromiso de los Miembros, "Anexo C-5", al Contrato de
Concesión, con el Poder Ejecutivo.
III) que conforme a lo que resulta de estos
antecedentes, el proceso de transformación social, escisión o "de -
merger", que se informa, significará en definitiva que BG plc
enajenará o cederá, parte de sus activos a BG Transco (en proceso de
cambio a denominarse Transco y a independizarse) y parte de su activos a
BG Group. British Gas Netherlands Holdings B. V. afiliada de BG plc que
luego de estos procesos será afiliada (en la terminología del pliego y
del contrato) de BG Group y no de BG Transco o Transco antes BG plc.
IV) que el Ministerio de Industria, Energía y
Minería, de conformidad con los asesoramientos recabados, entiende que
resulta probada la permanencia de la vinculación de la Afiliada British
Gas Netherlands Holdings B.V. con el Miembro original.
V) que se exigirá la suscripción de un nuevo
Compromiso de los Miembros, "Anexo C-5», ratificando el vigente
luego de los cambios operados en la relación de afiliación.
Habiendo sido el Contrato de Concesión y sus Anexos
originalmente autorizado por el Poder Ejecutivo, Resolución de 22 de
marzo de 1999, es necesario que el Poder Ejecutivo autorice al Ministro de
Industria, Energía y Minería, la suscripción, previo el control
documental que juzgue necesario, del nuevo Compromiso de los Miembros, en
los mismos términos que el vigente.
ATENTO a lo expuesto,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1º. Autorizar la extensión de un contrato de
Compromiso de los Miembros "Anexo C-5" al Contrato de Concesión
para el Proyecto, Construcción y Explotación de un Sistema de Transporte
de Gas Natural por Gasoductos para el Abastecimiento de Gas Natural
proveniente de Argentina a localidades en los departamentos de Colonia,
San José, Canelones, Montevideo, y cualquier otra localidad o extensión
en o fuera del Uruguay, a suscribir por British Gas Netherlands Holdings
BV como propietaria del cuarenta por ciento de Gasoducto Cruz del Sur S.A.
2° . Designar al Señor
Ministro de Industria, Energía y Minería, para que previo al control y
aprobación de la documentación que estime necesaria suscriba en
representación del Poder Ejecutivo, el Contrato de Compromiso de los
Miembros, referido en el numeral anterior.
3° A los efectos de la
presente Resolución subroga al señor Ministro de Industria, Energía y
Minería, el Señor Ministro del Interior.
4º Comuníquese, etc.