MEC ADVIERTE A GUARDERIAS
El Ministerio de Educación y Cultura, por intermedio de la Dirección
de Educación y a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley Nº
16.802 de Guarderías, del 19/12/96 recuerda a la población que:
Toda Institución, Privada, así como las que desarrollan su actividad
en instituciones oficiales o empresas públicas, cuyo fin principal sea la
guarda, cuidado, educación preescolar, estimulación temprana o similar,
de niños de 0 a 6 años, que no esté inscripta en el REGISTRO NACIONAL
DE GUARDERIAS, tiene la obligación de hacerlo antes de finalizado el
tercer año de vigencia de la Ley (diciembre de 1999). El artículo 9 de
la mencionada Ley, lo establece como único requisito para el desarrollo
de sus actividades.
Las instituciones educativas que dependan orgánicamente de la
Administración Nacional de Educación Pública (ANEP) o los organismos
oficiales del Instituto Nacional del Menor (INAME) que ya se hayan
registrado, NO NECESITAN VOLVER A INSCRIBIRSE.
Para inscribirse, deberán retirar el formulario correspondiente en el
Area de Educación Inicial, del Ministerio de Educación y Cultura,
Reconquista 535, 5to. Piso, de lunes a viernes de 12:30 a 17:30 horas.