27/06/2000

EL EJECUTIVO PIDIO VENIAS PARA DESIGNAR JERARQUIAS DE LA ENSEÑANZA

El Presidente de la República dispuso el envío al Parlamento de un mensaje por el que solicita las venias para la designación, como integrantes del Consejo Directivo Central (CODICEN) de la Administración Nacional de la Educación Pública (ANEP), a los profesores David J. Bonilla, Daniel J. Corbo, Carmen Tornaría, Dr. Roberto Scarsi y Maestro Sirio Nadruz. Además, se solicita venia para designar al profesor Bonilla como Director Nacional de Educación Pública y al Dr. Scarsi como Subdirector.

El primer mandatario firmó asimismo dos disposiciones relativas al Comité Nacional de Calidad. Por una de ellas se establece que pase a integrarlo un miembro designado por la Presidencia de la República, que lo presidirá. Por la otra, se designa Presidente del Comité al ex Secretario de la Presidencia de la República, Dr. Elías Bluth.

Además el Dr. Jorge Batlle aprobó, en acuerdo con el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, un decreto por el cual se incorporan delegados de los Ministerios del Interior y de Defensa al Comité de Evaluación y seguimiento del Programa de Reforma de la Seguridad Social, que funciona bajo la presidencia del Director de Planeamiento y Presupuesto.

Por otra parte, el Poder Ejecutivo remitió a la asamblea general un mensaje y proyecto de ley por el que la República adhiere al Convenio No. 182 de la OIT, que condena las llamadas "peores formas" del trabajo infantil, es decir, aquellas que los denigran y desconocen la condición de seres humanos de los niños. El artículo 3º del mencionado Convenio define "las peores formas de trabajo infantil": todas las formas de esclavitud o las prácticas análogas de la esclavitud, como la venta y el tráfico de niños, la servidumbre por deudas y la condición de siervo y el trabajo forzoso u obligatorio; el reclutamiento forzoso u obligatorio de niños para utilizarlos en conflictos armados; la utilización de niños para la prostitución, la producción de pornografía o actuaciones pornográficas; la utilización, el reclutamiento o la oferta de niños para la realización de actividades ilícitas, en particular la producción y el tráfico de estupefacientes; y el trabajo que es probable que dañe la salud, la seguridad o la moralidad de los niños.