03/03/2000

EL GOBIERNO DICTO MEDIDAS DE REDUCCION Y ORDENAMIENTO DEL GASTO PUBLICO

El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros, dictó hoy tres decretos y una resolución que apuntan -tal como lo había anunciado- a ordenar el gasto público y a fijar claras pautas de ordenamiento de las inversiones del Estado.

Uno de los decretos establece una serie de prescripciones que tienden a asegurar la uniformización de los sistemas contables y un riguroso control interno de los incisos de la administración central. A los efectos, se fijan normas específicas sobre la actuación de los jerarcas a efectos del mejor resultado posible.

Por la resolución, el Poder Ejecutivo delegó en uno de sus sectores -el Ministerio de Economía y Finanzas- la facultad de conceder los refuerzos de rubro e incrementos de crédito que se consideren necesarios para el adecuado funcionamiento financiero del Estado. Esta delegación no puede ser subdelegada pero se dará cuenta detallada de las decisiones que se instrumenten, dentro de las 48 horas, a la Presidencia de la República.

Otro de los decretos señala claramente que los incisos 02 al 14 y el 24 del Presupuesto Nacional abatirán sus créditos de gastos de funcionamiento, en todas sus fuentes de financiamiento, hasta el límite máximo del 85% del compromiso de gastos del año 1998, actualizado. La norma marca un minucioso esquema de procedimiento de las oficinas a efectos de un efectivo logro de estos fines, "dada la adversa situación internacional que ha afectado a la economía nacional en los últimos 18 meses".

El tercer decreto dispone el abatimiento hasta en un 20% de las partidas destinadas a gastos para misiones oficiales u comisiones de servicio en el exterior, cumplidas por funcionarios públicos. Se exhorta a los organismos de los artículos 220 y 221 de la Constitución a observar igual actitud. La OPP y la Contaduría General de la Nación serán los operadores de esta restricción. No podrá comprometerse, por trimestre, más de un 25% del crédito destinado a misiones oficiales. También en este caso se establecen precisas normas para una distribución de los fondos para el caso de que dos o más oficinas necesiten proceder a utilizarlos al mismo tiempo. También se disminuye el incremento sobre la escala básica de viáticos de la organización de las Naciones Unidas y se especifica que las misiones de servicio al exterior cumplidas por funciones de rango inferior a Subsecretarios o equivalentes, se realizarán con pasajes de clase económica.