03/03/2000
EL GOBIERNO DICTO MEDIDAS DE REDUCCION Y ORDENAMIENTO DEL GASTO
PUBLICO
El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros,
dictó hoy tres decretos y una resolución que apuntan -tal como lo había
anunciado- a ordenar el gasto público y a fijar claras pautas de
ordenamiento de las inversiones del Estado.
Uno de los decretos establece una serie de prescripciones que tienden a
asegurar la uniformización de los sistemas contables y un riguroso
control interno de los incisos de la administración central. A los
efectos, se fijan normas específicas sobre la actuación de los jerarcas
a efectos del mejor resultado posible.
Por la resolución, el Poder Ejecutivo delegó en uno de sus sectores
-el Ministerio de Economía y Finanzas- la facultad de conceder los
refuerzos de rubro e incrementos de crédito que se consideren necesarios
para el adecuado funcionamiento financiero del Estado. Esta delegación no
puede ser subdelegada pero se dará cuenta detallada de las decisiones que
se instrumenten, dentro de las 48 horas, a la Presidencia de la
República.
Otro de los decretos señala claramente que los incisos 02 al 14 y el
24 del Presupuesto Nacional abatirán sus créditos de gastos de
funcionamiento, en todas sus fuentes de financiamiento, hasta el límite
máximo del 85% del compromiso de gastos del año 1998, actualizado. La
norma marca un minucioso esquema de procedimiento de las oficinas a
efectos de un efectivo logro de estos fines, "dada la adversa
situación internacional que ha afectado a la economía nacional en los
últimos 18 meses".
El tercer decreto dispone el abatimiento hasta en un 20% de las
partidas destinadas a gastos para misiones oficiales u comisiones de
servicio en el exterior, cumplidas por funcionarios públicos. Se exhorta
a los organismos de los artículos 220 y 221 de la Constitución a
observar igual actitud. La OPP y la Contaduría General de la Nación
serán los operadores de esta restricción. No podrá comprometerse, por
trimestre, más de un 25% del crédito destinado a misiones oficiales.
También en este caso se establecen precisas normas para una distribución
de los fondos para el caso de que dos o más oficinas necesiten proceder a
utilizarlos al mismo tiempo. También se disminuye el incremento sobre la
escala básica de viáticos de la organización de las Naciones Unidas y
se especifica que las misiones de servicio al exterior cumplidas por
funciones de rango inferior a Subsecretarios o equivalentes, se
realizarán con pasajes de clase económica.