17/11/2000 

FIEBRE AFTOSA EN EL URUGUAY

La Dirección Nacional de Servicios Ganaderos del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca dio a conocer el informe seguimiento Nº 3 Fiebre Aftosa, en Uruguay, en el período comprendido entre el 10 y 16 de noviembre de 2000.

Informe de Seguimiento Nº 3

El mencionado informe establece lo siguiente:

1. Vigilancia en la zona focal (Zona de despoblación o de vacío sanitario para animales susceptibles a Fiebre Aftosa): Se realizan diariamente dos inspecciones para verificar e impedir la posible invasión de animales susceptibles. Los que ingresen se sacrificarán y enterrarán "in situ".

2. Vigilancia epidemiológica en la zona perifocal:

Se culminó el segundo rastreo de la zona perifocal, inspeccionándose e 100% de los predios.

A partir del día 11 de noviembre, comenzó el tercer rastreo, con nueva inspección clínica de los animales y extracción de sangre de los ovinos y ovinos en todos los establecimientos ubicado en un radio de 5 km., a partir de la periferia de la zona despoblada. A tales efectos, se realiza una muestra estadísticamente representativa de la zona considerada, con el objetivo de determinar la ausencia de actividad viral.

A la fecha de este informe los resultados del rastreo, clínico y serológico realizados en el área de vigilancia del Departamento de Artigas y en el resto del País, evidencian la ausencia de Fiebre Aftosa.

 

3. Otras informaciones:

El 14 de noviembre de 2000, se recibe informe de la Dirección del Centro Panamericano de Fiebre Aftosa (PANAFTOSA), comunicando los resultados de los estudios con las muestras de epitelio y sueros bovinos estudiados por F.C. 50%, que indican que pertenece al subtipo O1.

Se culminó la desinfección de dos mataderos habilitados de la ciudad Artigas, a efectos de comenzar la faena de animales procedentes de la zona perifocal y del resto del Departamento libre de la enfermedad, con destino al consumo interno de Artigas y con las garantías sanitarias correspondientes. A partir del 10 de noviembre se permite el movimiento de productos de origen vegetal y de animales no susceptibles a Fiebre Aftosa, con la autorización previa de los Servicios Veterinarios Oficiales del Departamento de Artigas.