LEYES PROMULGADAS NROS. 17.315 y 17.316
En acuerdo con el Ministro de Relaciones
Exteriores, el Presidente de la República promulgó las siguientes leyes:
Artículo Único.- Apruébase el Acuerdo de
Cooperación Turística entre el Gobierno de la República Oriental del
Uruguay y el Gobierno de la República de Nicaragua, suscrito en
Montevideo el 14 de agosto de 1998.
Artículo Único.- Apruébase la Enmienda al
Artículo XIII del Convenio Constitutivo de la Unión Latina de 15 de mayo
de 1954, adoptada por la Resolución Nº 11 del XIV Congreso de
dicha Organización reunido en París, los días 6 y 7 de diciembre de
1994.