El Ministro de Ganadería, Agricultura y Pesca, Ing. Agr. Gonzalo
González, acompañado por el Director interino de Sanidad Animal, Dr.
Carlos Olave, brindó en la sede del Ministerio una conferencia de prensa
en la cual leyó un informe de emergencia y anunció que todos los días,
a las 17 horas, la mencionada Secretaría de Estado brindará información
sobre el nuevo foco de fiebre aftosa detectado en el departamento de
Soriano.
El texto del informe del día de la fecha es el siguiente:
Una denuncia de animales con signos de fiebre aftosa
fue presentada ante los Servicios Veterinarios Oficiales Locales del
Departamento de Soriano. Los 2 establecimientos involucrados se ubican en
la 6ª Sección Policial, Paraje Palmitas, del Departamento de Soriano. La
población animal susceptible del establecimiento índice es de 430
bovinos y 640 ovinos.
Resultaron 39 bovinos de 1 a 2 años con
sintomatología compatible a la fiebre aftosa no afectándose la especie
ovina. La población del otro establecimiento (lindero) es de 773 bovinos,
474 ovinos y io sumos.
Investigaciones:
El 23 de abril, se procedió a la investigación e
intervención del establecimiento índice y se remitieron al laboratorio
oficial materiales para su diagnóstico.
Los resultados preliminares indican que las pruebas de
VIA fueron positivas a las muestras de la especie bovina, resultando
negativas las muestras de la especie ovina. Asimismo, con los métodos
diagnósticos utilizados (técnica de ELISA) se señala una alta presencia
de anticuerpos para virus tipo A.
En el día de hoy se envían materiales al Centro
Panamericano de Fiebre Aftosa (PANAFTOSA) en Río de Janeiro (Brasil) y se
está a la espera de los resultados.
Asimismo se está realizando la investigación
epidemiológica y el retiro de muestras del establecimiento lindero para
su remisión al laboratorio ofLcial.
La 6ta. Sección Policial y estos establecimientos
estaban sujetos a restricción de movimiento de ganado desde el 10 de
abril de 2001 de acuerdo a las medidas de alerta implementadas ante la
situación de emergencia sanitaria registrada en Argentina.
Ante la sospecha fundada de ocurrencia clínica de
Fiebre Aftosa, los Servicios Veterinarios Oficiales, han dispuesto las
medidas tendientes a la contención y erradicación inmediata de acuerdo a
los procedimientos establecidos en la legislación vigente. En este
sentido, se comienza hoy con el sacrificio de todos los animales
susceptibles de los establecimientos donde ocurrieron los focos.
Adicionalmente se han dispuesto, entre otras, las
siguientes medidas:
1. Prohibir a partir de la fecha el movimiento y
traslado de animales susceptibles a la fiebre aftosa, productos y
subproductos hacia fuera del Departamento de Soriano, salvo expresa
autorización escrita expedida por la autoridad de la División de Sanidad
Animal actuante.
2. Prohibir el movimiento y traslado de animales
susceptibles a la fiebre aftosa transitoriamente en todo el territorio
nacional con excepción de los que sean trasladados a faena inmediata, con
previa autorización de la autoridad sanitaria local, sin perjuicio de las
medidas de inspección ya dispuestas a la fecha y en vigencia en todos los
departamentos litoraleños del Río Uruguay.
3. Se prohiben los traslados de raciones, forrajes o
granos para la alimentación de animales hacia fuera del Departamento de
Soriano, salvo expresa autorización escrita expedida por la autoridad de
la División de Sanidad Animal actuante.
4. Se ha dispuesto a partir de la fecha y como medida de precaución,
la suspensión de la emisión de Certificados Sanitarios de Exportación.