02/08/2001

PARTIDAS PARA EL TRIBUNAL DE CUENTAS

Un decreto aprobado por el Presidente de la República en acuerdo con el Ministro de Economía y Finanzas corrige errores y omisiones que se comprobaron en la Ley de Presupuesto referidas al Tribunal de Cuentas. El mismo expresa:

VISTO: la gestión iniciada por el Tribunal de Cuentas de la República solicitando efectuar las correcciones de los errores y omisiones que se comprobaron en la Ley de Presupuesto Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001.-

RESULTANDO: I) que el artículo 470º de la Ley Nº 17.296 citada, asigna al Tribunal de Cuentas, con cargo al Grupo 0 "Servicios Personales", Objeto del Gasto 042.014 "Permanencia a la Orden", una partida complementaria de $ 2:500.000,oo (pesos uruguayos dos millones quinientos mil) para el Ejercicio 2001 y de $ 5:000.000,oo (pesos uruguayos cinco millones) para el resto de los ejercicios.

II) quo se constató que el Inciso 17 "Tribunal de Cuentas" se omitió registrar el crédito correspondiente a los Objetos 059 "Sueldo Anual Complementario", 081 "Aporte Patronal Sistema Seguridad Social s/Retribuciones" y 082 "Otros Aportes Patronales s/Retribuciones", que incrementan el costo de la partida asignada en el artículo 470º.

III) que asimismo la mencionada partida tiene costo de arrastre de un 50% sobre todas las retribuciones permanentes, según lo dispuesto en el artículo 510º de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, habiéndose omitido su registración en el Objeto 048.010 "Aumento 30/50% T. Ctas. Esc. A al D y F, Ley Nº 16.462, artículo 158º".-

CONSIDERANDO: que es necesario efectuar las correcciones de los referidos errores y omisiones.

ATENTO: a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Contaduría General de la Nación y a lo dispuesto por el artículo 5º de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

D E C R E T A:

ARTICULO 1º.- Increméntase, en el planillado anexo a la Ley de Prosupuesto Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, el crédito asignado para los años 2001 a 2004 en el Inciso 17 "Tribunal de Cuentas", Programa 001 "Contralor Económico Financiero de los Organismos del Sector Público", Unidad Ejecutora 001 "Tribunal de Cuentas", Financiación 1.1, en los siguientes Objetos y por los importes que se indican:

OBJETO                     2001                         2002                       2003                     2004

048.010                 1:250.000,oo             2:500.000,oo          2:500.000,oo         2:500.000,oo

059                            312.500,oo                625.000,oo              625.000,oo            625.000,oo

081                           792.188,oo             1:584.376,oo          1:584.376,oo         1:584.376,oo

082                             40.625,oo             81.250,oo               81.250,oo               81.250,oo

ARTICULO 2º.- Dése cuenta a la Asamblea General.

ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, etc.