14/08/2001

SEGURO PARCIAL MEDICO QUIRURGICO

Mediante una resolución aprobada por el Presidente de la República en acuerdo con el Ministro de Salud Pública se autorizó a MUCAM a la creación y habilitación de un Seguro Parcial Médico Quirúrgico. La resolución de referencia establece que:

VISTO: estos antecedentes relacionados con la gestión promovida por Médica Uruguaya Corporación de Asistencia Médica (MUCAM) ;

RESULTANDO: que por la misma solicita la creación y habilitación de un Seguro Parcial Médico Quirúrgico, incluyendo internación para diagnóstico y tratamiento medico quirúrgico, sito en Avenida 8 de Octubre 2492;

CONSIDERANDO: I) que los interesados dieron cumplimiento a las disposiciones legales vigentes;

II) que la Dirección General de la Salud y la División Control de Calidad no formulan objeciones al respecto;

III) que la cobertura ofrecida no difiere en nada con la que deben prestar las Instituciones de Asistencia Médica Colectiva;

ATENTO: a lo establecido en el Decreto-Ley Nº 15.181 de 21 de agosto de 1981 y el Decreto Nº 495/89 de 31 de octubre de 1989;

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

RESUELVE:

1º.- Autorízase a Médica Uruguaya Corporación de Asistencia Médica (MUCAM) la creación y habilitación de un Seguro Parcial Médico Quirúrgico, incluyendo internación para diagnóstico y tratamiento médico quirúrgico, sito en Avenida 8 de Octubre 2492, bajo la Dirección Técnica del Doctor Emil Kamaid.

2º.- Comuníquese vía fax.