14/08/2001
SEGURO PARCIAL MEDICO QUIRURGICO
Mediante una resolución aprobada por el Presidente de
la República en acuerdo con el Ministro de Salud Pública se autorizó a
MUCAM a la creación y habilitación de un Seguro Parcial Médico
Quirúrgico. La resolución de referencia establece que:
VISTO: estos antecedentes relacionados con la
gestión promovida por Médica Uruguaya Corporación de Asistencia Médica
(MUCAM) ;
RESULTANDO: que por la misma solicita la creación
y habilitación de un Seguro Parcial Médico Quirúrgico, incluyendo
internación para diagnóstico y tratamiento medico quirúrgico, sito en
Avenida 8 de Octubre 2492;
CONSIDERANDO: I) que los interesados dieron
cumplimiento a las disposiciones legales vigentes;
II) que la Dirección General de la Salud y la
División Control de Calidad no formulan objeciones al respecto;
III) que la cobertura ofrecida no difiere en nada con
la que deben prestar las Instituciones de Asistencia Médica Colectiva;
ATENTO: a lo establecido en el Decreto-Ley Nº
15.181 de 21 de agosto de 1981 y el Decreto Nº 495/89 de 31 de
octubre de 1989;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1º.- Autorízase a Médica Uruguaya Corporación
de Asistencia Médica (MUCAM) la creación y habilitación de un Seguro
Parcial Médico Quirúrgico, incluyendo internación para diagnóstico y
tratamiento médico quirúrgico, sito en Avenida 8 de Octubre 2492, bajo
la Dirección Técnica del Doctor Emil Kamaid.
2º.- Comuníquese vía fax.