21/08/2001

TRANSFERENCIA DE ACCIONES

El Presidente de la República en acuerdo con el Ministro de Defensa Nacional aprobó varias resoluciones por las que se autorizan transferencias de acciones. Las mismas establecen lo siguiente:

VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Unidad Reguladora de Servicio de Comunicaciones (URSEC) da cuenta de la petición formulada por el señor Pedro Nicolás Baridón, para que se le autorice la transferencia de las acciones que posee en SOCIEDAD TELEVISORA LARRAÑAGA S.A., titular del Canal 12 TV de Montevideo, a favor de MERIDIANA NACIONAL SOCIEDAD COLECTIVA.-

CONSIDERANDO: I) que la cesionaria está integrada por dos sociedades: Valdostana Uno S.A. y Vanderlinde Dos S.A., de los cuales el cedente es el único accionista nominativo.

II) que el señor Pedro Nicolás Baridón, es integrante de la Sociedad Televisora Larrañaga S.A.-

Ill) que el titular ya dio cumplimiento a los requisitos previstos por el artículo 8vo. del Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978, en virtud de encontrarse comprendido en lo previsto por el artículo 9no. de dicho Decreto.-

IV) que asimismo se acreditó lo dispuesto por el Decreto 586/990 de 18 de diciembre de 1990.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por los artículos 86, 93, 94 y concordantes de la Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001 y a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones y por la Asesoría Letrada del Ministerio de Defensa Nacional.-

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

RESUELVE:

1ro.- Autorizase al señor Pedro Nicolás Baridón, a transferir las acciones que posee en SOCIEDAD TELEVISORA LARRAÑAGA S.A., titular de Canal 12 TV Montevideo, a favor de MERIDIANA NACIONAL SOCIEDAD COLECTIVA, integrada por Valdostana Uno S.A. y Vanderlinde Dos S.A.-

2do.- Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, para la notificación del interesado y demás efectos.

Cumplido, archívese.-

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VISTO: estas actuaciones por las cuales la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones da cuenta de la petición formulada por la señora Rosanella Bado Abalos, integrante de la "SOCIEDAD TELEVISORA LARRAÑAGA S.A.", permisionaria del Canal 12 TV de Montevideo, por la cual solicita la autorización para la transferencia de las acciones de su propiedad a favor de los señores Horacio Scheck Sánchez y José Serrato Aguirre, en un 50% (cincuenta por ciento) a cada uno.-

CONSIDERANDO: que los adquirentes ya son integrantes de la mencionada Sociedad y han cumplido oportunamente con todos los requisitos previstos por el artículo 8vo. del Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978, habiéndose acreditado en debida forma, el negocio jurídico por el cual se transfieren las acciones.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por el artículo 1ro. del Decreto-Ley 14.670 de 23 de junio de 1977, artículos 70 a 94 de la Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001, Decretos 586/990 de 18 de diciembre de 1990 y 212/001 de 4 de mayo de 2001, a lo informado por la Asesoría Letrada del Ministerio de Defensa Nacional y por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones.-

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

RESUELVE:

1ro.- Autorízase la transferencia de acciones de la Sociedad Televisora Larrañaga S.A., permisionaria del Canal 12 TV de Montevideo, pertenecientes a la señora Rosanella Bado Abalos, a favor de los señores Horacio Scheck Sánchez y José Serrato Aguirre, en un 50% (cincuenta por ciento) a cada uno.-

2do.- Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones a sus efectos. Cumplido, archívese.

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VISTO: estas actuaciones por las cuales la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones da cuenta de la gestión del señor Roberto Zerbino Cavajani por la cual solicita autorización para transferir sus acciones de "SOCIEDAD TELEVISORA LARRAÑAGA S.A.", titular del Canal 12 TV de Montevideo, a favor de los señores Horacio Scheck Sánchez y José Serrato Aguirre, en un 50% (cincuenta por ciento) a cada uno.-

CONSIDERANDO: I) que los adquirentes ya son integrantes de la mencionada Sociedad, habiendo por tanto cumplido oportunamente con todos los requisitos previstos por el artículo 8vo. del Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978.-

II) que la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, informa que no existen inconvenientes técnicos ni jurídicos para que se acceda a lo solicitado.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por el Decreto-Ley 14.670 de 23 de junio de 1977 los artículos 70 a 94 de la Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001 y el Decreto 586/990 de 18 de diciembre de 1990 a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones y por la Asesoría Letrada del Ministerio de Defensa Nacional.-

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

RESUELVE:

1ro.- Autorízase la transferencia de acciones de la "Sociedad Televisora Larrañaga S.A.", permisionaria del Canal 12 TV de Montevideo, pertenecientes al señor Roberto Zerbino Cavajani, a favor de los señores Horacio Scheck Sánchez y José Serrato Aguirre, en un 50% (cincuenta por ciento) a cada uno.-

2do.- Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones a sus efectos. Cumplido, archívese.

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VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, da cuenta de la solicitud formulada por la señora María Luisa Montero, propietaria de acciones en "Sociedad Televisora Larrañaga S.A.", permisionaria del Canal 12 TV de Montevideo, para que se le autorice la transferencia de dichas acciones a favor de los señores Horacio Scheck Sánchez, Daniel Scheck Sánchez y Eduardo Scheck Sánchez, José Serrato Aguirre y Atanasio Aguirre Lussich por partes iguales en la proporción de un 20% (veinte por ciento) a cada uno de ellos.

CONSIDERANDO: que los cesionarios ya son integrantes de la mencionada Sociedad, habiendo por tanto cumplido oportunamente con todos los requisitos previstos por el artículo 8vo. del Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por los artículos 70 a 99 de la Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001, a lo informado por las Asesorías Letradas de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones y del Ministerio de Defensa Nacional.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

RESUELVE:

1ro.- Autorízase la transferencia de acciones de la "Sociedad Televisora Larrañaga S.A.", permisionaria del Canal 12 TV de Montevideo, pertenecientes a la señora María Luisa Montero, a favor de los señores Horacio Scheck Sánchez, Daniel Scheck Sánchez y Eduardo Scheck Sánchez, José Serrato Aguirre y Atanasio Aguirre Lussich, en la proporción de un 20 % (veinte por ciento) a cada uno de ellos.-

2do.- Comuníquese, publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, a sus efectos. Cumplido, archívese.