21/08/2001
TRANSFERENCIA DE ACCIONES
El Presidente de la
República en acuerdo con el Ministro de Defensa Nacional aprobó varias
resoluciones por las que se autorizan transferencias de acciones. Las
mismas establecen lo siguiente:
VISTO: las presentes
actuaciones por las cuales la Unidad Reguladora de Servicio de
Comunicaciones (URSEC) da cuenta de la petición formulada por el señor
Pedro Nicolás Baridón, para que se le autorice la transferencia de las
acciones que posee en SOCIEDAD TELEVISORA LARRAÑAGA S.A., titular del
Canal 12 TV de Montevideo, a favor de MERIDIANA NACIONAL SOCIEDAD
COLECTIVA.-
CONSIDERANDO: I) que la
cesionaria está integrada por dos sociedades: Valdostana Uno S.A. y
Vanderlinde Dos S.A., de los cuales el cedente es el único accionista
nominativo.
II) que el señor Pedro
Nicolás Baridón, es integrante de la Sociedad Televisora Larrañaga
S.A.-
Ill) que el titular ya dio
cumplimiento a los requisitos previstos por el artículo 8vo. del Decreto
734/978 de 20 de diciembre de 1978, en virtud de encontrarse comprendido
en lo previsto por el artículo 9no. de dicho Decreto.-
IV) que asimismo se
acreditó lo dispuesto por el Decreto 586/990 de 18 de diciembre de 1990.-
ATENTO: a lo
precedentemente expuesto, a lo dispuesto por los artículos 86, 93, 94 y
concordantes de la Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001 y a lo informado
por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones y por la Asesoría
Letrada del Ministerio de Defensa Nacional.-
EL PRESIDENTE DE LA
REPUBLICA,
RESUELVE:
1ro.- Autorizase al
señor Pedro Nicolás Baridón, a transferir las acciones que posee en
SOCIEDAD TELEVISORA LARRAÑAGA S.A., titular de Canal 12 TV Montevideo, a
favor de MERIDIANA NACIONAL SOCIEDAD COLECTIVA, integrada por Valdostana
Uno S.A. y Vanderlinde Dos S.A.-
2do.- Comuníquese,
publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones,
para la notificación del interesado y demás efectos.
Cumplido, archívese.-
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VISTO: estas
actuaciones por las cuales la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones da cuenta de la petición formulada por la señora
Rosanella Bado Abalos, integrante de la "SOCIEDAD TELEVISORA
LARRAÑAGA S.A.", permisionaria del Canal 12 TV de Montevideo, por la
cual solicita la autorización para la transferencia de las acciones de su
propiedad a favor de los señores Horacio Scheck Sánchez y José Serrato
Aguirre, en un 50% (cincuenta por ciento) a cada uno.-
CONSIDERANDO: que los
adquirentes ya son integrantes de la mencionada Sociedad y han cumplido
oportunamente con todos los requisitos previstos por el artículo 8vo. del
Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978, habiéndose acreditado en
debida forma, el negocio jurídico por el cual se transfieren las
acciones.-
ATENTO: a lo
precedentemente expuesto, a lo dispuesto por el artículo 1ro. del
Decreto-Ley 14.670 de 23 de junio de 1977, artículos 70 a 94 de la Ley
17.296 de 21 de febrero de 2001, Decretos 586/990 de 18 de diciembre de
1990 y 212/001 de 4 de mayo de 2001, a lo informado por la Asesoría
Letrada del Ministerio de Defensa Nacional y por la Unidad Reguladora de
Servicios de Comunicaciones.-
EL PRESIDENTE DE LA
REPUBLICA,
RESUELVE:
1ro.- Autorízase la
transferencia de acciones de la Sociedad Televisora Larrañaga S.A.,
permisionaria del Canal 12 TV de Montevideo, pertenecientes a la señora
Rosanella Bado Abalos, a favor de los señores Horacio Scheck Sánchez y
José Serrato Aguirre, en un 50% (cincuenta por ciento) a cada uno.-
2do.- Comuníquese,
publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones a
sus efectos. Cumplido, archívese.
_________________
VISTO: estas
actuaciones por las cuales la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones da cuenta de la gestión del señor Roberto Zerbino
Cavajani por la cual solicita autorización para transferir sus acciones
de "SOCIEDAD TELEVISORA LARRAÑAGA S.A.", titular del Canal 12
TV de Montevideo, a favor de los señores Horacio Scheck Sánchez y José
Serrato Aguirre, en un 50% (cincuenta por ciento) a cada uno.-
CONSIDERANDO: I) que
los adquirentes ya son integrantes de la mencionada Sociedad, habiendo por
tanto cumplido oportunamente con todos los requisitos previstos por el
artículo 8vo. del Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978.-
II) que la Unidad
Reguladora de Servicios de Comunicaciones, informa que no existen
inconvenientes técnicos ni jurídicos para que se acceda a lo
solicitado.-
ATENTO: a lo
precedentemente expuesto, a lo dispuesto por el Decreto-Ley 14.670 de 23
de junio de 1977 los artículos 70 a 94 de la Ley 17.296 de 21 de febrero
de 2001 y el Decreto 586/990 de 18 de diciembre de 1990 a lo informado por
la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones y por la Asesoría
Letrada del Ministerio de Defensa Nacional.-
EL PRESIDENTE DE LA
REPUBLICA
RESUELVE:
1ro.- Autorízase la
transferencia de acciones de la "Sociedad Televisora Larrañaga
S.A.", permisionaria del Canal 12 TV de Montevideo, pertenecientes al
señor Roberto Zerbino Cavajani, a favor de los señores Horacio Scheck
Sánchez y José Serrato Aguirre, en un 50% (cincuenta por ciento) a cada
uno.-
2do.- Comuníquese,
publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones a
sus efectos. Cumplido, archívese.
_________________
VISTO: las presentes
actuaciones por las cuales la Unidad Reguladora de Servicios de
Comunicaciones, da cuenta de la solicitud formulada por la señora María
Luisa Montero, propietaria de acciones en "Sociedad Televisora
Larrañaga S.A.", permisionaria del Canal 12 TV de Montevideo, para
que se le autorice la transferencia de dichas acciones a favor de los
señores Horacio Scheck Sánchez, Daniel Scheck Sánchez y Eduardo Scheck
Sánchez, José Serrato Aguirre y Atanasio Aguirre Lussich por partes
iguales en la proporción de un 20% (veinte por ciento) a cada uno de
ellos.
CONSIDERANDO: que los
cesionarios ya son integrantes de la mencionada Sociedad, habiendo por
tanto cumplido oportunamente con todos los requisitos previstos por el
artículo 8vo. del Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978.-
ATENTO: a lo
precedentemente expuesto, a lo dispuesto por los artículos 70 a 99 de la
Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001, a lo informado por las Asesorías
Letradas de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones y del
Ministerio de Defensa Nacional.
EL PRESIDENTE DE LA
REPUBLICA
RESUELVE:
1ro.- Autorízase la
transferencia de acciones de la "Sociedad Televisora Larrañaga
S.A.", permisionaria del Canal 12 TV de Montevideo, pertenecientes a
la señora María Luisa Montero, a favor de los señores Horacio Scheck
Sánchez, Daniel Scheck Sánchez y Eduardo Scheck Sánchez, José Serrato
Aguirre y Atanasio Aguirre Lussich, en la proporción de un 20 % (veinte
por ciento) a cada uno de ellos.-
2do.- Comuníquese,
publíquese y pase a la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones,
a sus efectos. Cumplido, archívese.