22/08/2001
COLONIA SANTÍN CARLOS
ROSSI
El Presidente de la
República en acuerdo con el Ministro de Economía y Finanzas aprobó una
resolución que establece:
VISTO: la propuesta
presentada con relación al número de beneficiarios y montos respectivos
de Unidades Reajustables por Quebranto de Caja correspondientes al Inciso
12 "Ministerio de Salud Pública", Unidad Ejecutora 069
"Colonia Santín Carlos Rossi".-
RESULTANDO: que la
misma fue estudiada y ajustada en lo pertinente por la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto y la Contaduría General de la Nación.-
CONSIDERANDO: que
corresponde proceder a su aprobación, de conformidad con la normativa
vigente y las pautas de uniformización establecidas.-
ATENTO: a lo
preceptuado en el artículo 103° de la Ley Especial N° 7, de
23 de diciembre de 1983, en la redacción dada por el artículo 20° de la
Ley N° 16.170, de 28 de diciembre de 1990.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1°) Adjudícase a partir
del 1° de enero de 2001, a la Unidad Ejecutora 069 "Colonia Santín
Carlos Rossi" del Inciso 12 "Ministerio de Salud Pública",
las siguientes primas por Quebranto de Caja:
1 Resp. de Tesorería Cat.
B 20 UR
1 Enc. de Mov. do Fondos
Cat. B 15 UR
2°) La Contaduría General
de la Nación habilitará los créditos respectivos, considerando el valor
vigente de la Unidad Reajustable al final de cada semestre.
3°) Comuníquese y vuelva
a sus efectos al Ministerio de Salud Pública. -