22/08/2001

COLONIA SANTÍN CARLOS ROSSI

El Presidente de la República en acuerdo con el Ministro de Economía y Finanzas aprobó una resolución que establece:

VISTO: la propuesta presentada con relación al número de beneficiarios y montos respectivos de Unidades Reajustables por Quebranto de Caja correspondientes al Inciso 12 "Ministerio de Salud Pública", Unidad Ejecutora 069 "Colonia Santín Carlos Rossi".-

RESULTANDO: que la misma fue estudiada y ajustada en lo pertinente por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Contaduría General de la Nación.-

CONSIDERANDO: que corresponde proceder a su aprobación, de conformidad con la normativa vigente y las pautas de uniformización establecidas.-

ATENTO: a lo preceptuado en el artículo 103° de la Ley Especial N° 7, de 23 de diciembre de 1983, en la redacción dada por el artículo 20° de la Ley N° 16.170, de 28 de diciembre de 1990.-

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

RESUELVE:

1°) Adjudícase a partir del 1° de enero de 2001, a la Unidad Ejecutora 069 "Colonia Santín Carlos Rossi" del Inciso 12 "Ministerio de Salud Pública", las siguientes primas por Quebranto de Caja:

1 Resp. de Tesorería Cat. B 20 UR

1 Enc. de Mov. do Fondos Cat. B 15 UR

2°) La Contaduría General de la Nación habilitará los créditos respectivos, considerando el valor vigente de la Unidad Reajustable al final de cada semestre.

3°) Comuníquese y vuelva a sus efectos al Ministerio de Salud Pública. -