22/08/2001

MINISTERIO DE TURISMO

El Presidente de la República en acuerdo con el Ministro de Turismo firmó la siguiente resolución:

VISTO: lo establecido por el artículo 644° de la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001 y el Decreto N° 169/001, de 8 de mayo de 2001.-

RESULTANDO: que el Ministerio de Turismo de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 2° del Decreto N° 169/001, de 8 de mayo de 2001, proyectó la distribución de los topes de ejecución de sus gastos de funcionamiento entre sus diferentes programas y unidades ejecutoras, la que se presentó a informe. de la Contaduría General de la Nación.

CONSIDERANDO: que la referida Oficina luego de efectuar los controles correspondientes, dio su informe. favorable a la distribución proyectada.

ATENTO: a lo expuesto.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

RESUELVE:

1°) Apruébase la distribución propuesta por el Ministerio de Turismo respecto a los topes máximos entre sus diferentes programas y unidades ejecutoras para el cumplimiento de sus gastos de funcionamiento, quo se detalla en anexo adjunto, que forma parte de la presente Resolución.

2°) Sin perjuicio de lo establecido en el numeral anterior, la citada Secretaria de Estado podrá ante requerimientos impostergables debidamente fundados, redistribuir los topes de ejecución entre sus distintas unidades ejecutoras, siempre que no ss supere el límite máximo acordado al Inciso y la distribución por fuentes de financiamiento.

3°) Comuníquese y vuelva a sus efectos al Ministerio de Turismo.

 

PROPUESTA INCISO

PROPUESTA C.G.N.

DIFERENCIAS

EJECUCIÓN AÑO 2000

IMPORTE

%

V. HISTORICOS

VALORES 1°/2001

1) Gastos de naturaleza retributiva y estimativos

5.550.478

1.803.281

3.747.197

207,80%

1.838.271

1.893.19

2) Suministros

7.144.490

6.824.144

320.346

4,69%

6.770.594

6.824.144

3) Resto de gastos

54.200.032

58.267.257

-4.067.225

-6,98%

50.122.156

51.337243

TOTAL

66.895.000

66.894.681

319

0,00%

58.731.021

60.054.886