28/08/2001
GRUPO DE ARTILLERIA Nº 2
El Poder Ejecutivo envió al Parlamento un mensaje y
proyecto de ley por el cual se designa con el nombre de "Exodo del
Pueblo oriental" al Grupo de Artillería 105 mm. Nº 2 del Ejército
Nacional.
SEÑOR PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA GENERAL.
DON LUIS HIERRO LOPEZ.
El Poder Ejecutivo tiene el honor de someter a su
consideración el adjunto Proyecto de Ley, conforme a lo preceptuado por
el numeral 13 del artículo 85 de la Constitución de la República, por
el cual se designa con el nombre "Exodo del Pueblo Oriental", al
Grupo de Artillería 105 mm. Nro. 2 del Ejército Nacional.
El mencionado hecho, ocurrido a partir del mes de
octubre de 1811, contemporáneamente conocido como Derrota o
"Redota", recibió la denominación de "Exodo" a fines
del siglo XIX. Este último término es fácilmente reconocible por todos
los habitantes de la República.
En dicha oportunidad, nuestro pueblo mostró su
vocación de libertad, pues al enfrentarse a la opción de someterse al
poderío español o abandonar sus bienes materiales y seguir a su
líder hacia Entre Ríos, optó por ésto último, dejando prácticamente
vacío el país.
Cabe destacar que el General Artigas, en su Oficio de 7
de diciembre de 1811 a la Junta del Paraguay, escribió en plena marcha:
"...Cada día miro con admiración los rasgos singulares de
heroicidad y constancia: unos quemando sus casas y los muebles que no
podían conducir, otros caminando leguas a pie por falta de auxilios o por
haber consumido sus cabalgaduras en el servicio; mujeres ancianas, viejos
decrépitos, párvulos inocentes acompañan esta marcha manifestando todos
la mayor energía y resignación en medio de todas las privaciones.."
La marcha mencionada, resulta inseparable de nuestro
Ejército, pues la población acompañó a las fuerzas artiguistas, las
que en virtud del acuerdo entre Buenos Aires y Montevideo, se vieron
obligadas a retirarse momentáneamente del territorio patrio.
Debe tenerse presente que el "Exodo del Pueblo
Oriental", en su ruta pasó efectivamente por la zona de acción del
Grupo de Artillería 105 mm. Nro. 2.-Asimismo, resulta de interés
precisar que al Departamento de Flores, el cual hasta 1885 formó parte
del Departamento de San José, no se le atribuye otro hecho histórico de
mayor trascendencia que el referido.
Por los motivos expuestos, se eleva a ese Cuerpo el
adjunto Proyecto de Ley, cuya aprobación se encarece.
Saluda al señor Presidente de la Asamblea General, con
la mayor consideración.
PROYECTO DE LEY
ARTICULO UNICO: Desígnase con el nombre ‘Exodo
del Pueblo Oriental" al Grupo de Artillería 105 mm. Nro. 2 del
Ejército Nacional.