28/08/2001

GRUPO DE ARTILLERIA Nº 2

El Poder Ejecutivo envió al Parlamento un mensaje y proyecto de ley por el cual se designa con el nombre de "Exodo del Pueblo oriental" al Grupo de Artillería 105 mm. Nº 2 del Ejército Nacional.

SEÑOR PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA GENERAL.

DON LUIS HIERRO LOPEZ.

El Poder Ejecutivo tiene el honor de someter a su consideración el adjunto Proyecto de Ley, conforme a lo preceptuado por el numeral 13 del artículo 85 de la Constitución de la República, por el cual se designa con el nombre "Exodo del Pueblo Oriental", al Grupo de Artillería 105 mm. Nro. 2 del Ejército Nacional.

El mencionado hecho, ocurrido a partir del mes de octubre de 1811, contemporáneamente conocido como Derrota o "Redota", recibió la denominación de "Exodo" a fines del siglo XIX. Este último término es fácilmente reconocible por todos los habitantes de la República.

En dicha oportunidad, nuestro pueblo mostró su vocación de libertad, pues al enfrentarse a la opción de someterse al poderío español o abandonar sus bienes materiales y seguir a su líder hacia Entre Ríos, optó por ésto último, dejando prácticamente vacío el país.

Cabe destacar que el General Artigas, en su Oficio de 7 de diciembre de 1811 a la Junta del Paraguay, escribió en plena marcha: "...Cada día miro con admiración los rasgos singulares de heroicidad y constancia: unos quemando sus casas y los muebles que no podían conducir, otros caminando leguas a pie por falta de auxilios o por haber consumido sus cabalgaduras en el servicio; mujeres ancianas, viejos decrépitos, párvulos inocentes acompañan esta marcha manifestando todos la mayor energía y resignación en medio de todas las privaciones.."

La marcha mencionada, resulta inseparable de nuestro Ejército, pues la población acompañó a las fuerzas artiguistas, las que en virtud del acuerdo entre Buenos Aires y Montevideo, se vieron obligadas a retirarse momentáneamente del territorio patrio.

Debe tenerse presente que el "Exodo del Pueblo Oriental", en su ruta pasó efectivamente por la zona de acción del Grupo de Artillería 105 mm. Nro. 2.-Asimismo, resulta de interés precisar que al Departamento de Flores, el cual hasta 1885 formó parte del Departamento de San José, no se le atribuye otro hecho histórico de mayor trascendencia que el referido.

Por los motivos expuestos, se eleva a ese Cuerpo el adjunto Proyecto de Ley, cuya aprobación se encarece.

Saluda al señor Presidente de la Asamblea General, con la mayor consideración.

PROYECTO DE LEY

ARTICULO UNICO: Desígnase con el nombre ‘Exodo del Pueblo Oriental" al Grupo de Artillería 105 mm. Nro. 2 del Ejército Nacional.