4/12/2001
ADJUDICAN 50 NÚCLEOS BÁSICOS EVOLUTIVOS
Se adjudicó a la empresa BELEK S.A. la Licitación Pública Nacional
con el objeto del suministro llave en mano de 50 núcleos básicos
evolutivos mejorados más un salón de usos múltiples. El texto de la
resolución es el siguiente:
VISTO: la necesidad del suministro de soluciones habitacionales a
cincuenta núcleos familiares actualmente radicados en el Asentamiento
"La Boyada" de la ciudad de Montevideo;
RESULTANDO: que a los efectos indicados en el Visto de la
presente Resolución, el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial
y Medio Ambiente convocó a la Licitación Pública Nacional N°
30/002/1999, habiéndose presentado una sola propuesta por parte de la
empresa BELEK S.A.;
CONSIDERANDO: que la Comisión Asesora de Adjudicaciones designada
para el, procedimiento de contratación referido, previa mejora de
propuesta económica solicitada al proponente, sugiere la adjudicación
para el suministro de cincuenta núcleos básicos evolutivos más un
salón de usos múltiples en parte del predio padrón N° 180.72~
(fracciones A y B) ubicado en la vigésima primera sección judicial del
Departamento de Montevideo, por un precio único y total de U$S 990.000,00
(dólares estadounidenses novecientos noventa mil), incluidos el impuesto
al valor agregado y los aportes por leyes sociales;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente, y a lo dispuesto por
los artículos 27 liberal b, 33 y 57 del Texto Ordenado de Contabilidad
Administración Financiera;
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1°.- Adjudícase a la empresa EELEK S.A. la Licitación Pública
Nacional N° 30/002/99 con el objeto del suministro llave en mano de
cincuenta núcleos básicos evolutivos mejorados más un salón de usos
múltiples en parte del predio padrón N° 180.722 (fracciones A y E)
ubicado en la vigésima primera sección judicial del Departamento de
Montevideo, por un precio único y total de U$S 990.000,00 (dólares
estadounidenses novecientos noventa mil) incluidos el impuesto al valor
agregado y los aportes por leyes sociales, en un plazo de obra de 270
días calendario.-
2°.- La erogación resultante del numeral anterior de la presente
Resolución se imputará al Fondo Nacional de Vivienda y Urbanización,
habiéndose extendido constancia de afectación de crédito N° 150 por
parte de la Dirección Nacional de Vivienda.-
3°.- Vuelva al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y
Medio Ambiente, pase a la Dirección Nacional de Vivienda.-
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