4/12/2001

ADJUDICAN 50 NÚCLEOS BÁSICOS EVOLUTIVOS

Se adjudicó a la empresa BELEK S.A. la Licitación Pública Nacional con el objeto del suministro llave en mano de 50 núcleos básicos evolutivos mejorados más un salón de usos múltiples. El texto de la resolución es el siguiente:

VISTO: la necesidad del suministro de soluciones habitacionales a cincuenta núcleos familiares actualmente radicados en el Asentamiento "La Boyada" de la ciudad de Montevideo;

RESULTANDO: que a los efectos indicados en el Visto de la presente Resolución, el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente convocó a la Licitación Pública Nacional N° 30/002/1999, habiéndose presentado una sola propuesta por parte de la empresa BELEK S.A.;

CONSIDERANDO: que la Comisión Asesora de Adjudicaciones designada para el, procedimiento de contratación referido, previa mejora de propuesta económica solicitada al proponente, sugiere la adjudicación para el suministro de cincuenta núcleos básicos evolutivos más un salón de usos múltiples en parte del predio padrón N° 180.72~ (fracciones A y B) ubicado en la vigésima primera sección judicial del Departamento de Montevideo, por un precio único y total de U$S 990.000,00 (dólares estadounidenses novecientos noventa mil), incluidos el impuesto al valor agregado y los aportes por leyes sociales;

ATENTO: a lo expuesto precedentemente, y a lo dispuesto por los artículos 27 liberal b, 33 y 57 del Texto Ordenado de Contabilidad Administración Financiera;

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

RESUELVE:

1°.- Adjudícase a la empresa EELEK S.A. la Licitación Pública Nacional N° 30/002/99 con el objeto del suministro llave en mano de cincuenta núcleos básicos evolutivos mejorados más un salón de usos múltiples en parte del predio padrón N° 180.722 (fracciones A y E) ubicado en la vigésima primera sección judicial del Departamento de Montevideo, por un precio único y total de U$S 990.000,00 (dólares estadounidenses novecientos noventa mil) incluidos el impuesto al valor agregado y los aportes por leyes sociales, en un plazo de obra de 270 días calendario.-

2°.- La erogación resultante del numeral anterior de la presente Resolución se imputará al Fondo Nacional de Vivienda y Urbanización, habiéndose extendido constancia de afectación de crédito N° 150 por parte de la Dirección Nacional de Vivienda.-

3°.- Vuelva al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, pase a la Dirección Nacional de Vivienda.-