7/12/2001         

APRUEBAN CANJE DE DEUDA

En acuerdo con el Ministerio de Economía y Finanzas, el Presidente de la República firmó hoy un decreto por el que se amplía en hasta U$S 115:000.000 la emisión dispuesta por el decreto 440/001 (9 de noviembre de 2001), denominada “Bono Global Registrado. Serie A (2001)” en las condiciones dispuestas por la oferta efectuada por la firma Salomon Smith Barney & Citybank.

El texto completo de la disposición adoptada es el siguiente:

VISTO: la propuesta de canje de deuda formulada a la República por la firma Salomon Smith Barney & Citibank con fecha 5 de diciembre de 2001.-

RESULTANDO: I) que por la misma se propone reabrir por hasta la suma de U$S 115:000.000,00 (ciento quince millones de dólares de los Estados Unidos de América) la emisión del "Bono Global Registrado. Serie A (2001)” por U$S 300:000.000,00 (trescientos millones de dólares de los Estados Unidos de América), con vencimiento el 20 de enero de 2012.-

II) que dicha reapertura se realizará a efectos de canjear instrumentos suscritos el 31 de enero de 1991 y emitidos por el Banco Central del Uruguay en el marco del Programa de Renegociación de la deuda externa del país ( "Deuda Brady" ), los que se denominan "Debt Conversion Bonds" y tienen vencimiento final en el año 2007.-

III) que el Ministerio de Economía y Finanzas ha examinado la oferta recibida.-

CONSIDERANDO: I) que la firma oferente es una institución de reconocido prestigio, de fuerte presencia y participación en el mercado internacional de capitales y con buenos antecedentes en materia de colocación de Títulos de Deuda Pública Uruguaya en dicho mercado.-

II) que se estima que la operación de canje propuesta tendrá consecuencias favorables a los intereses del Estado por cuanto implicará, entre otros beneficios, la reducción del endeudamiento externo, el logro de un ahorro patrimonial neto y el aumento del término promedial de vencimiento del endeudamiento externo.-

ATENTO: a lo dispuesto por los artículos 602° a 610° de la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001 y por el Decreto N° 440/001, de 9 de noviembre de 2001.-

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Amplíase en hasta la suma de U$S 115:000.000,00 (ciento quince millones de dólares de los Estados Unidos de América) la emisión dispuesta por el Decreto N° 440/001, de 9 de noviembre de 2001, denominada "Bono Global Registrado. Serie A (2001)", en las condiciones dispuestas en la oferta efectuada por la firma Salomon Smith Barney & Citibank.-

ARTÍCULO 2°.- Esta ampliación se realizará al solo efecto de atender operaciones de canje de los Títulos de Deuda Externa denominados "Debt Conversion Bonds", con vencimiento final en el año 2007.-

ARTÍCULO 3°.- La fecha de emisión de la ampliación no será posterior al 31 de diciembre de 2001.-

ARTÍCULO 4°.- Regirán, en lo aplicable, las demás condiciones y requisitos dispuestos en el Decreto N° 440/001, de 9 de noviembre de 2001.-

ARTÍCULO 5°.- Autorízase al Banco Central del Uruguaya negociar y suscribir en representación de la República, los contratos y documentos vinculados que se requieran a los efectos de la colocación y emisión de los Bonos y del canje a que refiere el artículo 2°.-

ARTÍCULO 6°.- Encomiéndase indistintamente a los Dres. Fernando González y Fernando Scelza, en sus calidades de Sub-Director General Adscripto y Coordinador Jurídico del Ministerio de Economía y Finanzas respectivamente, la redacción y firma de las opiniones legales previstas, respecto de las obligaciones asumidas por la República.-

ARTÍCULO 7°.- Encomiéndase al Director General de Secretaría del Ministerio de Economía y Finanzas, Cr. Herberto Saucedo, o a quien lo subrogue en caso de ausencia temporal del mismo la expedición de las demás constancias y certificaciones necesarias.-

ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, etc.