7/12/2001
APRUEBAN CANJE DE DEUDA
En acuerdo con el
Ministerio de Economía y Finanzas, el Presidente de la República firmó
hoy un decreto por el que se amplía en hasta U$S 115:000.000 la emisión
dispuesta por el decreto 440/001 (9 de noviembre de 2001), denominada “Bono
Global Registrado. Serie A (2001)” en las condiciones dispuestas por la
oferta efectuada por la firma Salomon Smith Barney & Citybank.
El
texto completo de la disposición adoptada es el siguiente:
VISTO:
la propuesta de canje de deuda formulada a la República por la firma
Salomon Smith Barney & Citibank con fecha 5 de diciembre de 2001.-
RESULTANDO:
I) que por la misma se propone reabrir por hasta la suma de U$S
115:000.000,00 (ciento quince millones de dólares de los Estados Unidos
de América) la emisión del "Bono Global Registrado. Serie A (2001)”
por U$S 300:000.000,00 (trescientos millones de dólares de los Estados
Unidos de América), con vencimiento el 20 de enero de 2012.-
II)
que dicha reapertura se realizará a efectos de canjear instrumentos
suscritos el 31 de enero de 1991 y emitidos por el Banco Central del
Uruguay en el marco del Programa de Renegociación de la deuda externa del
país ( "Deuda Brady" ), los que se denominan "Debt
Conversion Bonds" y tienen vencimiento final en el año 2007.-
III)
que el Ministerio de Economía y Finanzas ha examinado la oferta
recibida.-
CONSIDERANDO:
I) que la firma oferente es una institución de reconocido prestigio, de
fuerte presencia y participación en el mercado internacional de capitales
y con buenos antecedentes en materia de colocación de Títulos de Deuda
Pública Uruguaya en dicho mercado.-
II) que se estima que
la operación de canje propuesta tendrá consecuencias favorables a los
intereses del Estado por cuanto implicará, entre otros beneficios, la
reducción del endeudamiento externo, el logro de un ahorro patrimonial
neto y el aumento del término promedial de vencimiento del endeudamiento
externo.-
ATENTO:
a lo dispuesto por los
artículos 602° a 610° de la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001 y
por el Decreto N° 440/001, de 9 de noviembre de 2001.-
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Amplíase en hasta la suma de U$S 115:000.000,00
(ciento quince millones de dólares de los Estados Unidos de América) la
emisión dispuesta por el Decreto N° 440/001, de 9 de noviembre de 2001,
denominada "Bono Global Registrado. Serie A (2001)", en las
condiciones dispuestas en la oferta efectuada por la firma Salomon Smith
Barney & Citibank.-
ARTÍCULO 2°.- Esta ampliación se realizará al solo efecto de
atender operaciones de canje de los Títulos de Deuda Externa denominados
"Debt Conversion Bonds", con vencimiento final en el año 2007.-
ARTÍCULO 3°.- La fecha de emisión de la ampliación no será
posterior al 31 de diciembre de 2001.-
ARTÍCULO 4°.- Regirán, en lo aplicable, las demás condiciones y
requisitos dispuestos en el Decreto N° 440/001, de 9 de noviembre de
2001.-
ARTÍCULO 5°.- Autorízase al Banco Central del Uruguaya negociar y
suscribir en representación de la República, los contratos y documentos
vinculados que se requieran a los efectos de la colocación y emisión de
los Bonos y del canje a que refiere el artículo 2°.-
ARTÍCULO 6°.- Encomiéndase indistintamente a los Dres. Fernando
González y Fernando Scelza, en sus calidades de Sub-Director General
Adscripto y Coordinador Jurídico del Ministerio de Economía y Finanzas
respectivamente, la redacción y firma de las opiniones legales previstas,
respecto de las obligaciones asumidas por la República.-
ARTÍCULO 7°.- Encomiéndase al Director General de Secretaría del
Ministerio de Economía y Finanzas, Cr. Herberto Saucedo, o a quien lo
subrogue en caso de ausencia temporal del mismo la
expedición de las demás constancias y certificaciones necesarias.-
ARTÍCULO
8°.- Comuníquese,
publíquese, etc.
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